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Ecuador: Rechazan denuncia de Contecon contra DP World por prácticas desleales

posorjaLa Comisión de Resolución de Primera Instancia de la Superintendencia de Control de Poder del Mercado de Ecuador rechazó la denuncia y adopción de medidas preventivas contra DP World que había interpuesto Contecon Guayaquil por supuestas prácticas desleales en el proceso de concesión del Puerto de Posorja.

La denunciante solicitó la adopción de medidas preventivas a la publicidad del proceso de negociación toda vez que se estarían acordando cláusulas que, a criterio de Contecon, constituirían prácticas desleales por inducción a la infracción contractual del contrato de concesión que mantiene con el Estado, así como la violación de la cláusula general prohibitiva, informó el organismo.

La Comisión de Resolución de Primera Instancia, en uso de las facultades y atribuciones establecidas en la Ley y con base en el análisis realizado, resuelvió  acoger la recomendación emitida por la Intendencia de Investigación de Prácticas Desleales y negar la adopción de las medidas preventivas solicitadas por el operador económico Contecon Guayaquil S.A. por cuanto en el solicitante no ha demostrado tener un “buen derecho” para que se le otorguen las medidas preventivas.

Según explicó el organismo regulador, el objeto de las medidas preventivas es preservar las condiciones de la competencia y evitar una grave lesión o daño que afecte a la libre concurrencia de los operadores económicos, el bienestar general o los derechos de los consumidores o usuarios, conforme se señala en el artículo 62 de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado.

La empresa denunciante solicitó la intervención de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, a fin de que se disponga la adopción de medidas preventivas, considerando que se ha publicitado por diferentes medios de comunicación a nivel nacional, ya que desde el año 2015 se llevó un proceso de negociación de la concesión para la construcción y operación del Puerto de Aguas Profundas de Posorja entre la compañía DP World Investment BV, con el Estado del Ecuador; y, en segundo lugar, la probable suscripción del contrato de concesión en referencia entre las partes como consecuencia de la negociación mantenida.

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