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Colombia: Tribunal exime a Cormagdalena de pagar pretensiones de Navelena ante liquidación de proyecto

Por Redacción PortalPortuario.cl

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El ministro de Transporte de Colombia, Guillermo Francisco Reyes González, expresó su satisfacción por el resultado del laudo arbitral entre Cormagdalena y Navelena S.A.S, mediante el cual se negaron las pretensiones de los demandantes, reconociendo el trabajo adelantado por el equipo jurídico y directivo de la Corporación, que después de varios años de debate legal y probatorio, concluyó con una decisión “muy positiva para el sector”.

Bajo este contexto, el jefe de la cartera de Transporte manifestó que “se trata de un fallo histórico en el que se salvaguardaron los intereses y el patrimonio de la Nación después de varios años de debate legal y probatorio, concluyendo en una decisión muy positiva para el sector. El Gobierno del presidente Gustavo Petro continuará trabajando por garantizar que los recursos de todos los colombianos sean protegidos, al tiempo que se garantice la ejecución de proyectos que mantengan la navegabilidad óptima del Río Magdalena”.

En efecto, mediante Laudo de 30 de agosto de 2022, el Tribunal de Arbitramento constituido para dirimir la controversia contractual promovida por Navalena contra Cormagdalena, denegó las pretensiones formuladas por por la primera.

La S.A.S y sus cesionarios de derechos litigiosos, se encuentra conformado por Valorcon S.A, Constructora Norberto Odebrecht S.A, Odebrecht Participaciones e Investimentos S.A, entre otros.

El equipo jurídico y directivo de la Corporación probó las excepciones de caducidad y otras relacionadas con “Inexistencia del derecho sustancial que da lugar a los derechos litigiosos”, “Ausencia de buena fe por parte de Navelena S.A.S. en la ejecución del Contrato de APP No. 001 del 2014 y creación de obligaciones sin sustento para ser reconocidas por Cormagdalena”.

Esta decisión arbitral dejó sin piso las pretensiones económicas de los convocantes que ascendían a la suma de USD 40.252.539 y exime a la entidad de pagar condenas a los demandantes.


 

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