Ecuador: Gobierno emite protocolo de desinfección para industria marítima y portuaria

Por Redacción PortalPortuario.cl

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El Gobierno Nacional de Ecuador emitió un protocolo para limpieza y desinfección de unidades de transporte marítimo, entidades portuarias, terminales privados, entre otros, ante la emergencia sanitaria que enfrenta el país ante el brote de Covid-19.

El reglamento se adoptó considerando que el transporte marítimo y fluvial maneja un gran número de carga, la cual es maniobrada por el factor humano.

Según indica la medida dictada, los pasos previos a la limpieza y desinfección conforme a las actividades relacionadas con sus operaciones son disponer de equipos de protección personal antes de la preparación de las soluciones desinfectantes (hipoclorito de sodio 0,1%) y de realizar la limpieza de desinfección de las áreas relacionadas con las actividades de las operaciones en el recinto portuario; contar con equipos de protección personal mínimos que deberían ser utilizados como guantes de caucho, mascarilla quirúrgica, visores de protección.

Además, las autoridades y terminales portuarias deberán colocar pediluvios a la entrada del recinto, la cual tendrá una concentración de mezclar 980 mililitros de agua y 20 mililitros de cloro, por cada litro de solución; también deberán determinar un proceso de limpieza para lo cual podrán utilizar detergente enzimático o jabón acompañado de un trapeador o mopa.

Para los medios de transporte marítimo, se deberá realizar una desinfección total, con la finalidad de dejarlos en óptimas condiciones para su operatividad. En tanto, para realizar la desinfección de las superficies de alto contacto del personal que opere grúas, montacargas y otro tipo de equipamiento portuario, se debe utilizar un atomizador o rociador más un paño de microfibra.

El protocolo dispuesto por el Gobierno considera garantizar la entrega del equipo de protección individual, al personal que realiza la limpieza y desinfección, quienes contarán con los materiales e insumos correspondientes para el manejo integral. Las personas que realicen esa actividad deberán estar en buen estado de salud y no deben superar los 60 años de edad.

Quien realice la limpieza o desinfección deberá tener una bitácora de control, la que podrá ser requerida en cualquier momento por la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial o la Autoridad Portuaria correspondiente.


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