Gobierno español logra que el Congreso apruebe reforma a la estiba

Por Redacción PortalPortuario

@PortalPortuario


 

El ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, defiende el Real Decreto-Ley de la estiba. Img: Congreso.es

El Congreso de Diputados español aprobó el Real Decreto Ley de Reforma de la Estiba con 174 votos a favor (PP, Cs, PNV, Foro Asturias y UPN), 165 en contra (PSOE, Unidos Podemos, ERC y Compromís) y 8 abstenciones de PDeCAT.

De esta manera, el Ejecutivo logra sacar adelante la reforma de la estiba, exigida por la Unión Europea (UE), en un segundo intento, después de que el primer real decreto ley por el que se liberalizaba el sector fuera rechazado en el mes de marzo.

El texto legislativo elaborado por el Ejecutivo establece la libertad de contratación de trabajadores portuarios para la prestación del servicio de manipulación de mercancías y las medida necesarias para asegurar el respeto a la libertad recogida en el artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Asimismo, se incluyen cambios respecto del que resultó derogado en marzo que se basan, principalmente, en el compromiso de redactar y aprobar un Real Decreto complementario para regular la transición laboral al nuevo modelo, cuyo borrador fue entregado  a la patronal y los sindicatos. El nuevo texto legal también recoge de forma expresa que la potestad para manipular vehículos nuevos en los puertos recaiga sobre los estibadores, así como los requisitos de acceso a la profesión.

El resto del articulado, en esencia, es similar al texto anterior. Propone de nuevo la creación de centros portuarios de empleo bajo la normativa de las empresas de trabajo temporal como fórmula para la puesta a disposición de la mano de obra y establece un periodo transitorio de tres años para el trasvase del personal de las Sagep al nuevo mercado liberalizado con unos cupos mínimos de contratación garantizados. Al igual que en la primera norma, la redacción atribuye a las autoridades portuarias la responsabilidad de pagar las indemnizaciones acumuladas por los estibadores hasta la fecha en la que se emitió la sentencia europea (diciembre de 2014) en el caso de que un trabajador resulte despedido.


Compartir
Tambien te puede interesar


Translate »