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OMI asegura que entrada en vigor de régimen de compensaciones por transporte de sustancias peligrosas se acerca

Por Redacción PortalPortuario.cl

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La Organización Marítima Internacional (OMI) anunció que la entrada en vigor del régimen de compensaciones para el  transporte marítimo de sustancias nocivas y potencialmente peligrosas (SNP) está cerca de concretarse.

La entidad informó que Canadá y Turquía depositaron sus instrumentos de ratificación al Protocolo de 2010 al Convenio internacional sobre responsabilidad e indemnización de daños en relación con el transporte marítimo de sustancias nocivas y potencialmente peligrosas, 1996 (Convenio SNP).

Cuando entre en vigor, el Convenio proporcionará un régimen de responsabilidad e indemnización por los daños resultantes de la contaminación, incluidos los hidrocarburos y las sustancias químicas.

El regímen cubre no sólo los daños por contaminación, sino también los riesgos de incendio y explosión, incluidos la muerte y las lesiones corporales y la pérdida o daños provocados a los bienes.

El Convenio SNP establece el principio de que el que contamina paga al asegurar que el sector del transporte marítimo y el de las sustancias SNP facilitan indemnización a quienes sufren pérdidas o daños resultantes de un suceso SNP.

Se establecerá un fondo SNP para pagar la compensación una vez que toque la responsabilidad del propietario del buque. Este fondo se financiará a través de las contribuciones pagadas tras un suceso por los receptores de las cargas SNP.

Tanto Canadá como Turquía proporcionaron datos sobre las cargas sujetas a contribución, tal y como indica el tratado. Turquía informó de que había recibido 25.4 millones de carga.

La entrada en vigor del tratado requiere la adhesión de por lo menos 12 Estados, que cumplan ciertos criterios de arqueo y que notifiquen anualmente la cantidad de carga SNP recibida en un Estado.

El tratado requiere se haya recibido durante el año civil precedente una cantidad total de al menos 40 millones de toneladas de carga sujeta al pago de contribución a la cuenta general.

El Convenio SNP ha sido ratificado hasta ahora por 3 países: Canadá, Noruega y Turquía. La cantidad total de carga sujeta al pago de contribución ha alcanzado los 28.7 millones de toneladas, es decir, el 72% de lo requerido para su entrada en vigor.

El Secretario General Kitack Lim dio la bienvenida a los avances significativos hacia la entrada en vigor.

“Agradezco a Canadá, Noruega y Turquí su compromiso y aliento a los otros Estados Miembros a ratificar el Protocolo SNP de 2010. La Secretaría de la OMI está lista para apoyar a los Estados que estén considerando ratificar el Convenio, dijo Lim.

Convenio SNP

Las medidas de la OMI sobre la prevención de accidentes relacionadas con cargas SNP ya han entrado en vigor, incluidas las que afectan al proyecto de buque, las operaciones y la seguridad a bordo, así como a la seguridad de las operaciones de carga y descarga. También existe un protocolo para la preparación y lucha contra los accidentes marítimos relacionados con sustancias potencialmente peligrosas.

El Convenio SNP de 2010 tiene como objetivo proporcionar el régimen uniforme y exhaustivo necesario para facilitar la indemnización por los costos, incluidos la limpieza y la regeneración del medio ambiente, tras un suceso que implique cargas nocivas y potencialmente peligrosas.

El tratado complementa los regímenes ya existentes para el transporte de hidrocarburos como carga, hidrocarburos como combustible para lo propulsión de buques, la remoción de restos de naufragio potencialmente peligrosos o para reclamaciones por muerte o lesiones de pasajeros, o daños en su equipaje a bordo de los buques.

La indemnización total disponible en virtud del Convenio se limita a 250 millones de derechos especiales de giro (DEG) del Fondo Monetario Internacional (aproximadamente 360 millones de dólares en las tasas de cambio actuales) por suceso. Los propietarios de los buques son considerados estrictamente responsables hasta un límite máximo de responsabilidad establecido por el Convenio para el coste de un suceso relacionado con SNP. Los propietarios registrados de buques que transporten cargas SNP, tienen que mantener un seguro certificado por el Estado.

El Fondo SNP se hace cargo de la indemnización una vez que se ha acabado la responsabilidad del propietario del buque y se financia mediante las contribuciones pagadas por los receptores de cargas SNP tras un suceso. Dicho Fondo es administrado por los Estados y las contribuciones se basarán en la necesidad real de indemnización.

Las SNP contempladas por el Convenio incluyen: hidrocarburos, otras sustancias líquidas definidas como nocivas o peligrosas, gases licuados, sustancias líquidas con un punto de inflamación inferior a 60ºC, materiales y sustancias peligrosas, potencialmente peligrosos y perjudiciales transportados en bultos o contenedores y materiales sólidos a granel definidos como capaces de presentar riesgos de carácter químico.


 

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