Perú suspende actividad de cruceros en sus puertos por Decreto Supremo

Por Redacción PortalPortuario.cl

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El Gobierno de Perú, mediante un Decreto Supremo, determinó suspender la actividad de cruceros en todo los puertos del país.

En el documento se expresó en su artículo 1 la “Suspensión temporal de recepción de naves crucero”. La medida regirá por 30 días “por razones de interés público”.

“El referido plazo podrá ser ampliado mediante Resolución Ministerial emitida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en mérito a la información que le proporcione la Autoridad de Salud, sobre la evolución de la pandemia del Coronavirus (COVID-19)”, se añadió.

La medida tendrá alcance para las naves de crucero en viaje internacional y se adoptaron, además, otras acciones complementarias dando facultades para su aplicación a los ministerios de Defensa y de Transportes por medio de sus respectivas competencias.

“El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Defensa, la Ministra de Salud y el Ministro de Transportes y Comunicaciones”, concluye el decreto.


 

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