Por Redacción PortalPortuario
El Consorcio Portuario Regional Mar del Plata pone en vigencia el nuevo Reglamento de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos Provenientes de Buques en el Puerto de Mar del Plata. Con esto se busca ordenar el manejo de los desechos derivados de navíos que operan en las Terminales 2, 3 y Escollera Norte.
“Transcurrido el plazo de seis meses previsto para adecuación al sistema avanzamos con este nuevo esquema de trabajo para la descarga de residuos que nos permitirá un mayor y mejor cuidado de la seguridad ambiental y sanitaria de nuestro puerto”, explicó Marcos Gutiérrez, presidente del Consorcio Portuario Regional Mar del Plata.
Alcanza a todas aquellas empresas de servicios de transporte y recolección de residuos, así como también a los buques de bandera nacional y/o extranjera que pretenden realizar descarga de residuos asimilables a domiciliarios en esta terminal marítima.
Con este reglamento se impone responsabilidad de cumplimiento al propietario o apoderado del buque, el armador, el capitán, el agente marítimo que representa a la embarcación o artefacto naval y la empresa de recolección y transporte de residuos.
Además establece requisitos específicos para el almacenamiento, manejo y eliminación adecuada de los residuos generados a bordo de los buques y tiene por finalidad evitar la contaminación del medio marino y proteger el medio ambiente y la salud pública.
“Con este nuevo sistema, las tripulaciones que vienen realizando la separación de residuos a bordo de las embarcaciones, atendiendo a la normativa internacional y nacional vigente más el registro de tipo de descarte descargado y peso, se podrá cerrar el ciclo contando con la trazabilidad completa del desecho desde pie de muelle al predio de disposición final”, comunicó el ente.
En el caso de buques que lleguen desde el exterior y amarren en el puerto local y deban descargar residuos orgánicos o de potencial riesgo deberán registrarse atendiendo la resolución del Servicio Nacional de Sanidad Animal (Senasa) 645/2021.
“Para los incumplimientos se determinan multas que van desde el valor de unos 100 usos de puerto correspondientes a un buque de 30 metros de eslora y se prevén sanciones con inhabilitaciones de hasta seis meses corridos e incluso definitivas en caso de faltas graves o reincidencias”, dio cuenta el Consorcio.
“También se contempla la obligación de reparación ambiental en el caso de que esas infracciones hayan derivado en algún tipo de daño ambiental a partir de un manejo o aplicación inadecuada de la gestión de residuos”, concluyó.