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Puerto Madryn prohibe amarre de buques abandonados en sus muelles

Por Redacción PortalPortuario.cl

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Las consecuencias generadas por la nave china Hu Shun Yu 809 llevaron a tomar la decisión. Img: Puerto Madryn

El Interventor de la Administración Portuaria de Puerto Madryn (APPM), Osvaldo Sala, dictó la Resolución N° 003/18, la cual, establece “prohibir, a partir del día 10 de febrero de 2018, el ingreso de buques interdictos o en situación de abandono al puerto de Puerto Madryn, no permitiendo el amarre de los mismos en los Sitios Operativos de atraque de los muelles Almirante Storni y Comandante Luis Piedra Buena por parte de tales embarcaciones”.

Si bien es la APPM la que administra los muelles Almirante Storni y Comandante Luis Piedra Buena y que éstos, a diferencia de la mayoría de los puertos argentinos, sólo poseen sitios operativos comerciales, careciendo por completo de sitios y/o lugares de amarre destinados a buques interdictos o en situación de abandono, fue aquel antecedente el detonante de la resolución adoptada.

Entre los fundamentos de la norma se invoca tal antecedente, complementando ello el hecho que “la ocupación de un sitio operativo comercial con buques interdictos o en situación de abandono, genera un real perjuicio económico financiero al patrimonio del ente portuario que le administra pues éste deja de percibir las tasas por prestación de servicios portuarios, amén del lucro cesante, tal situación genera otros perjuicios económicos pues hay que atender el mantenimiento de la infraestructura portuaria, proveer de energía, provisión de cabos y elementos de seguridad, efectuar amarres y desamarres, realizar remolques, concretar tareas de desinfección, entre otras, y tales gastos son soportados, sola y únicamente por la Administración Portuaria, ente éste, que, a su vez, es ajeno a las causales que motivaron la interdicción o abandono de los buques en cuestión”, repercutiendo todo ello, además, en las economías provincial y municipal en virtud de la aplicación del Fondo de Desarrollo Portuario creado por la ley en ciernes.

Se destaca, además, que “la experiencia vivida enseña que, aun cuando la Administración Portuaria de Puerto Madryn es ajena a las causales que motivaron la interdicción o abandono de los buques en cuestión, ningún Organismo Nacional se hace cargo de los gastos que se originan ante tales situaciones ni contribuye a mitigar los efectos económicos, empresarios, turísticos y laborales que las mismas ocasionan”.

“La ocupación de sitios operativos por parte de buques interdictos o en situación de abandono atenta contra los intereses generales de la Administración Portuaria de Puerto Madryn”, cierra el comunicado de la APPM.


 

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