Segundo Tribunal Ambiental realiza audiencia de revisión de medidas cautelares en caso Ojos de Mar

Por Redacción PortalPortuario.cl

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El Segundo Tribunal Ambiental realizó la audiencia de revisión de las medidas cautelares del humedal Ojos de Mar en San Antonio, en el marco de dos reclamaciones interpuestas en contra del Ministerio del Medio Ambiente -por parte de vecinos y la municipalidad de San Antonio- debido a la negativa de la cartera estatal para declarar el sistema como humedal urbano.

En enero de este año, el Tribunal rechazó la medida cautelar de suspensión de la resolución del ministerio solicitada por los reclamantes. La instancia judicial explicó que “atendida su naturaleza y objeto, [dicha medida] no permite resguardar el humedal Sistema de Lagunas de Llolleo “Ojos de Mar”.

En su reemplazo, el Tribunal decretó dos medidas cautelares diferentes, la paralización de toda obra o faena dentro de los límites del humedal Sistema de Lagunas de Llolleo “Ojos de Mar” hasta que se dicte sentencia y el desarrollo de un estudio, destinado a determinar potenciales causas de la eutrofización y otros efectos exógenos en el humedal, que deberá ser realizado por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental, que demuestre estar acreditada para análisis de parámetros de calidad de agua marina y continental y en estudios de biodiversidad acuática. Posteriormente, resolvió que la segunda medida también podría ser realizada por centros de investigación o expertos.

La revisión de las medidas cautelares responde a una solicitud de modificación de estas formulada por la parte reclamante. El Tribunal estuvo integrado por los ministros Alejandro Ruiz, presidente, Cristián Delpiano y Cristián López. Los alegatos estuvieron a cargo de la abogada Macarena Martinic Cristensen, en representación de los reclamantes; y los abogados Osvaldo Solís Mansilla, del Consejo de Defensa del Estado por el Ministerio del Medio Ambiente; y Pablo Suckel Ayala, por la Empresa Portuaria San Antonio, tercero independiente del ministerio.

Respuesta

Consultados por PortalPortuario.cl, desde la Empresa Portuaria San Antonio (EPSA) comentaron que “esta es una audiencia habitual dentro del proceso judicial que está en desarrollo. Sin perjuicio de eso, es importante mencionar que el Puerto de San Antonio ha avanzado con el compromiso de proteger las Lagunas Ojos de Mar, tal cómo se anunció en septiembre de 2021”.

Fechas

El 23 de enero del 2020, se publica en el Diario Oficial la Ley 21.202, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos; el 26 de enero de 2021, la Municipalidad de San Antonio solicitó al Ministerio del Medio Ambiente (Ordinario Alcaldicio Nº 137/2021), el reconocimiento de humedal urbano respecto del Sistema de Lagunas de Llolleo “Ojos de Mar”; 24 de septiembre de 2021, el Ministerio del Medio Ambiente dictó la resolución (Res. Ex. N°1086), que rechazó la solicitud municipal.

El 9 de noviembre de 2021, los reclamantes, un grupo de vecinos de San Antonio, interpusieron reclamación en el Segundo Tribunal Ambiental en contra de la resolución del ministerio, la que fue admitida a trámite con el rol R-308-2021; 19 de noviembre de 2021, la Ilustre Municipalidad de San Antonio interpuso en el Segundo Tribunal Ambiental reclamación contra la resolución del ministerio, la que fue admitida a trámite con el rol R-312-2021. Esta causa fue acumulada a la primera.

Con fecha 13 de diciembre de 2021, el Tribunal tuvo como tercero independiente en la causa a la Empresa Portuaria de Valparaíso, considerando que es propietaria del recinto portuario donde se ubica el Sistema de Lagunas de Llolleo “Ojos de Mar”, además de ser titular del proyecto “Puerto Exterior San Antonio”, finalmente el 19 de enero de 2022, el tribunal dictó medidas cautelares en el humedal.


 

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