SMA realiza observaciones al Programa de Cumplimiento presentado por Puerto Coronel

La Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) realizó observaciones al Programa de Cumplimiento ambiental (PdC) presentado por la empresa dado el procedimiento sancionatorio iniciado por el organismo el pasado 18 de enero.

La SMA resolvió, luego de analizar el documento entregado el pasado 16 de febrero, que “el programa propuesto por Compañía Puerto Coronel S.A., se han detectado ciertas deficiencias en la presentación que no lograría satisfacer a cabalidad los requisitos de forma propios de todo programa”.

Pese a lo anterior, la Superintendencia de Medio Ambiente reconoció que programa presentado por Puerto Coronel “capta la esencia” de la institución.

“No obstante, capta la esencia en el sentido de que se hace cargo de los hechos constitutivos de infracción, por lo que previo a resolver, se requiere que Compañía Puerto Coronel S.A. incorpore al programa propuesto las observaciones” de la SMA.

Como observaciones la SMA apuntó que Puerto Coronel “deberá actualizar el cronograma de acciones del PdC, en atención a todos los cambios que se incorporan” y reportar de forma bimensual a la SMA.

En su resolución, el organismo exige modificar las situaciones sujetas a infracción como la cobertura de una cinta transportadora, lo cual para la SMA no queda claro respecto de su plazo de ejecución, por lo que solicita “describir de manera completa el hecho, ya que no se indica el material con que debía estar cubierta la correa y efecto del material sobre la losa”.

De igual modo y sobre este mismo punto pide elaborar un reporte periodico con registros fotográficos y goerreferenciados y/o videos  junto con entregar registros (facturas, descripción técnica u otro) que de cuenta de la materialidad de la cubierta. Posteriormente, Puerto Coronel deberá efectuar un informe final.

La compañía deberá, a su vez, actualizar la información de PVA asociado a los muelles 1,2 y 3 al sistema de seguimiento de la SMA, entregando un informe con las copias de los comprobantes de ingreso de los PVA a la SMA, “así como deberá señalar los costos efectivamente incurridos, acreditándolos debidamente con boletas, facturas, otros; el que deberá ser presentado a la SMA 5 días hábiles después de concluida la acción de mayor plazo del PdC”.

También la entidad ambiental pide a Puerto Coronel hacer “el PVA establecido durante el proceso de evaluación, en la zona dragada y en la zona de vertimiento con periodicidad cuatrimestral…, remitiendo sus resultados al sistema de seguiemiento de la SMA”.

Por otro lado, Puerto Coronel deberá “regularizar la construcción de enrocado de protección en el sector del muelle 2”, acción que deberá ser reportada  de forma periodica y final. Incluso, en este punto, se le solicita ingresar el proyecto al Seia para obtener la RCA correspondiente.

La SMA exige, por otro lado, la modificación del proyecto por evacuación de aguas de lavado de contenedores al sistema de alcantarillado, lo cual no cuenta con autorización ambiental, de acuerdo al organismo.

La Superintendencia  entregó un pazo de cinco días hábiles a contar del 3 de marzo a Puerto Coronel para que ingrese las mejoras a su Programa de Cumplimiento, caso contrario se rechazará el documento.

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