Costa Rica: Gobierno envía proyecto de Ley para modernizar Japdeva

Por Redacción PortalPortuario.cl

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El Gobierno de Costa Rica envío un proyecto de ley para la “Modernización de la Junta de Administración Portuaria y Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica de Costa Rica (Japdeva) y protección de sus personas servidoras”.

La presidenta ejecutiva, Andrea Centeno, indicó que las medidas permiten atender a los trabajadores de la entidad al tiempo que Japdeva alcanza el punto de equilibiro y evita la quiebra.

“El apoyo obtenido del Estado es indispensable para salir de la crisis en que la organización está inmersa. El presupuesto extraordinario que acompañará el proyecto nos permite mantenernos por ahora, brindar opciones a los empleados y redimensionar Japdeva para recuperar su estabilidad. No tenemos más tiempo ante la situación que enfrentamos”, acotó Centeno.

Centeno enfatizó que la situación no es nueva al indicar que los datos financieros de Japdeva, en el período 2013-2018, evidenciaban que los ingresos cubrían la operación pero con un déficit que, el año pasado, cerró en -?3.416.700.000. Sin embargo, el hueco financiero se agravó a inicios de 2019 con el cambio de modelo en los servicios de carga, con una caída de 79% en los ingresos.

Al mismo tiempo, la partida de remuneraciones representa un 69,2% de la totalidad de los fondos, correspondiente a ?34.328.200.000 y el cual además pasó de significar el 48,7% de los gastos (2015), a un 69,2% en lo que va del 2019.

Este escenario motivó la negociación con el sindicato que finalizó el viernes tras varios días. El siguiente paso se da este martes con la presentación del proyecto de ley que busca garantizar la sostenibilidad financiera mediante la transformacion de Japdeva, lo que se estima conllevaría el redimensionamiento en alrededor de 800 personas.

Para hacerlo, el plan de ley propone varias medidas para proteger la seguridad laboral de quienes trabajan en Japdeva: el traslado horizontal a otras entidades; el derecho a prejubilación y, un incentivo por transformación institucional.

 Las personas que voluntariamente lo deseen, podrán solicitar su traslado horizontal a instituciones de la Administración Central y Descentralizada institucional, sea que tengan puestos en propiedad o interino.

En estos casos, no podrá exigirse el requisito de contar con 2 años de servicios ininterrumpidos con el Estado. Los procedimientos que dispongan la Dirección General de Servicio Civil y la Autoridad Presupuestaria para estos casos deberán ser expeditos a efectos de garantizar el traslado del servidor o servidora.

Las personas funcionarias de Japdeva que opten por el pago de sus prestaciones para dedicarse a actividades ajenas al sector público, también podrían recibir, si así lo deciden, un incentivo adicional siempre que presenten la solicitud en un plazo máximo de tres meses a partir de la publicación de la ley. Quienes decidan por esta opción no podrán acogerse al régimen prejubilatorio.

Entre otros extremos, se reconocerá el auxilio de cesantía hasta un máximo de doce años y se dará un incentivo adicional de ocho mensualidades del salario promedio de los últimos seis meses laborados a quienes tengan un salario bruto mensual inferior al millón de colones, y de cuatro mensualidades a quienes superen ese monto salarial.

Por último, en el capítulo II se detalla esta otra opción: Régimen Prejubilatorio, que aplicará a quienes se hayan acogido al cese de la relación (artículo 4 del proyecto de ley, sin incentivo adicional). La prejubilación irá con cargo al Presupuesto Nacional.

Para obtener este beneficio rigen algunos requisitos, entre esos, tener 55 años de edad o más, contar con un mínimo de 25 años cotizados ante la Caja Costarricense del Seguro Social o cualquier otro régimen de pensiones autorizado en el país, haber sido liquidados con responsabilidad patronal y no haberse reinsertado laboralmente.

El monto de la prejubilación será el equivalente a un 63% del salario promedio calculado con los 12 mejores salarios mensuales de los últimos cinco años laborados en la Administración Pública. Cuando la persona cumpla los requisitos para entrar al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la CCSS, pasará al mismo con pleno derecho.


 

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