Por Redacción PortalPortuario.cl
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La Autoridad Portuaria Nacional (APN) de Perú dio a conocer que, en el marco del Estado de Emergencia Nacional, declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, los administradores o concesionarios portuarios seguirán implementando las medidas necesarias para realizar las Juntas Pre-Operativas y Operativas para atencio?n de las naves y carga, en forma virtual y/o electro?nica.
Esto de conformidad con la Resolucio?n de Acuerdo de Directorio N° 059-2016-APN/DIR, norma que regula el funcionamiento de la Junta Pre-Operativa, Junta de Operaciones y programacio?n del ingreso, permanencia y salida de naves en los puertos peruanos por el plazo que dure el citado Estado de Emergencia.
Asimismo, en el Muelle de Capitanes del Puerto del Callao se continúan llevando a cabo las actividades portuarias, dentro del marco del Estado de Emergencia Nacional.
A su vez, los Oficiales de Proteccio?n de las Instalaciones Portuarias deberán considerar la ampliacio?n de vigencia de los Cursos de Proteccio?n y Seguridad por el plazo que dure el Estado de Emergencia. En caso el personal no cuente con certificacio?n emitida y requiera ingresar al terminal portuario se le brindara? la sensibilizacio?n correspondiente.
Es así que no se restringira? el acceso a los terminales por caducidad de las certificaciones en proteccio?n y seguridad. Para el caso de autorizaciones relacionadas con la tripulacio?n de las naves, estas se sujetara?n a las disposiciones establecidas por la Autoridad Migratoria.