Por Redacción PortalPortuario.cl
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La Superintendencia de Transporte de Colombia encontró mérito para abrir investigación en contra de diez empresas de transporte terrestre automotor habilitadas en la modalidad de carga y 53 empresas generadoras de carga, por presuntamente infringir la normatividad que regula las relaciones económicas entre éstas y los propietarios, poseedores o tenedores de los vehículos.
Lo anterior, de conformidad con la información remitida a esta Superintendencia por la Oficina de Regulación Económica del Ministerio de Transporte, en la cual se evidenció el listado de empresas que presuntamente realizaron pagos por debajo de los costos eficientes de operación.
En cuanto a las empresas vinculadas en las aperturas de investigación, el generador de carga es el remitente o destinatario de la mercancía, de conformidad con las normas que reglamentan el transporte. Ese generador de carga celebra un contrato de transporte con la empresa transportadora, pagándole un “flete”. Y la empresa de transporte contrata a un transportador (propietario o poseedor de un vehículo) para llevar la mercancía.
Al respecto, se previó en la normatividad de Supertransporte que “las relaciones económicas entre el Generador de la Carga y la empresa de transporte público, y de esta con los propietarios, poseedores o tenedores de vehículos, serán establecidas por las partes, sin que en ningún caso se puedan efectuar pagos por debajo de los Costos Eficientes de Operación”.
El superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, manifestó que “la situación generada por la pandemia no es excusa para incumplir ninguna ley que esté vigente, ni para suspender nuestras funciones de supervisión. Por eso, hacemos un llamado a todos los industriales y comerciantes, así como a los empresarios de transporte, para que revisen si se están cumpliendo en su totalidad las normas para el desarrollo de su actividad”.
En caso de ser encontradas responsables, las empresas podrían ser multadas hasta por setecientos salarios mínimos legales vigentes.
En cuanto a los recursos, según indicaron desde Supertransporte, contra la decisión de apertura de investigación y formulación de pliegos de cargos, no procede recurso alguno. En el curso de la investigación administrativa, que se hará con estricto apego a la ley, se decidirá la responsabilidad de los investigados de acuerdo con los derechos fundamentales al debido proceso y el derecho de defensa.