SII autoriza a agencias de Aduana a emitir guías de despacho electrónicas sin exhibir descripción sobre cantidad y precio de la carga

Por Redacción PortalPortuario.cl

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El Servicio de Impuestos Internos (SII) autorizó, a través de una resolución exenta, a las agencias de Aduana a emitir guías de despacho electrónicas sin exhibir la descripción sobre la cantidad y precio de la carga, por motivos de seguridad.

De acuerdo al texto de la norma, el SII permitirá ahora a los contribuyentes con esa actividad económica y que utilicen sistemas de facturación a emitir aquellos documentos sin exhibir en su representación virtual y/o impresa esos detalles, pero manteniendo a la vista los demás campos de información, incluidos los datos del emisor, receptor y totalizadores.

La normativa – que surgió como una propuesta del Foro Logístico de Valparaíso– nace con el objetivo de lograr una mayor eficiencia y seguridad al traslado de mercaderías y conforme a la necesidad de buscar mejoras al procedimiento de entrega de las guías de despacho electrónicas a los conductores en las operaciones de importación por parte del consignatario o su agente de aduana.

Para esto, se hizo un trabajo conjunto entre las comunidades logísticas del Puerto de Valparaíso y Puerto de San Antonio, en representación de empresas portuarias; agentes de aduana y transportistas; el Programa de Desarrollo Logístico (PDL) del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y el Servicio de Impuestos Internos.

De esta manera, el documento tributario electrónico (XML) no reviste modificación, es decir, deberá ser enviado incorporando todos los datos que corresponden al receptor del documento y al SII, pues la autorización es únicamente aplicable a la representación gráfica o virtual de la guía de despacho indicada.

La resolución indica que esta nueva regla solo rige para la guía del primer traslado de mercaderías desde recintos portuarios hacia la bodega del importador o donde la mercadería esté destinada. Por tanto, para la realización de otros trámites, se deberá exhibir la representación virtual o impresa del documento tributario electrónico con toda la información visible.


 

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