Justicia Europea determina que retrasos en entrega de buques no exime de responsabilidad a navieras

Por Redacción PortalPortuario.cl

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Un fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea determinó que las navieras no quedan eximidas de responsabilidad ante retrasos o incumplimientos ante demoras en la entrega de naves.

La determinación surgió de una disputa entre la naviera Irish Ferries y la Autoridad Nacional de Transporte de Irlanda (NTA) que terminó con una disposición del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que indica que, en el caso de una cancelación, los clientes deberían poder elegir si quieren llegar al destino por otros medios o si desean que se les reembolse la tarifa, de acuerdo a la sentencia del juez.

Además, de acuerdo al Tribunal debe haber una compensación, cuyo monto se basa en la duración del retraso. Esto también se aplica si el motivo de las restricciones es una nave que se entregó tarde, ya que esta situación no se trata de una circunstancia denominada excepcional, según el juzgado.

La disputa nació porque la compañía irlandesa pidió un ferry adicional hace unos años y que se suponía que se entregaría entre mayo y junio de 2018, pero solo estuvo disponible en diciembre, por lo que tuvo que cancelar viajes.

Además del reembolso de los precios de los billetes para viajes cancelados, la empresa de transporte ofreció varias opciones de compensación. De los 20 mil pasajeros afectados, 82% optó por viajes de sustitución, 15% por reembolso de costes y 3% por un viaje alternativo por tierra. Según el portavoz de la Corte, no hubo compensación por retrasos en rutas alternativas.

Según la NTA, la empresa no cumplió con sus obligaciones en caso de cancelación. El Tribunal Superior de Justicia de Irlanda se dirigió luego a los jueces europeos, que dieron este dictamen.


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