Colombia: Regulador formula cargos por supuesta colusión de prácticos

canal_de_acceso_puerto_de_barranquillaSuperindustria, el organismo que resguarda la libre competencia en Colombia, formuló cargos contra ocho empresas y dos gremios por prestuna cartelización en algunos puertos de ese país.

La entidad acusó a Spilbun, Pacific Pilots, Río & Mar Pilotos, Pilotos del Puerto de Barranquilla, Servicios Técnicos Marítimos, Pilotos Marcaribe, Pracymar y Baupres por  haber concertado  un supuesto  cobro adicional del 20 % sobre el valor de las maniobras realizadas por los pilotos prácticos en algunos puertos del país en la prestación del servicio público de practicaje.

De igual forma, la Superindustria formuló Pliego de Cargos contra Aceprac y Anpra, gremios de empresas y pilotos prácticos que habrían presuntamente facilitado que sus socios acordaran el referido cobro adicional.

Adicionalmente, la Superindustria abrió investigación y formuló Pliego de Cargos contra 11 altos directivos y ex – directivos por presuntamente haber colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado las conductas anticompetitivas investigadas.

Las empresas vinculadas a esta investigación, prestan el servicio público de practicaje en las zonas marítimas de jurisdicción nacional, específicamente en las capitanías de puerto de Buenaventura, Santa Marta, Barranquilla y Turbo.

La investigación de la Superindustria se inició en virtud de la denuncia que formulara la Asociación Nacional de Navieros (Asonav). 

Según el Pliego de Cargos, los investigados, con el fin de cubrir los gastos administrativos inherentes al servicio público de practicaje, el cual resulta necesario para el movimiento de las naves en los puertos marítimos nacionales, habrían acordado el cobro de una tarifa adicional equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de cada maniobra de practicaje.

Las empresas de practicaje vinculadas a la investigación habrían realizado el presunto acuerdo anticompetitivo durante una reunión de junta directiva de Aceprac llevada a cabo el 25 de enero de 2012, a la que habría asistido además el presidente de Anpra, de modo que estas asociaciones habrían servido como escenario para la definición del presunto acuerdo anticompetitivo.

La actuación administrativa se inició como consecuencia de la queja presentada en el 2012 por la Asonav, en la cual informó que Anpra y Aceprac le comunicaron de manera conjunta la implementación del cobro adicional.

Posibles sanciones

En el evento en que el proceso administrativo sancionatorio termine declarando que existió violación del régimen de libre competencia económica, la Superintendencia puede imponer multas.

De esta manera, a las personas jurídicas se les podría castigar con una multa de hasta cien mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (100.000 SMLMV) equivalentes a sesenta y ocho mil novecientos cuarenta y cinco millones cuatrocientos mil pesos ($68.945.400.000.oo) por cada infracción; y  las personas naturales una multa de hasta dos mil salarios mínimos legales mensuales (2.000 SMLMV) 1.378.908.000 pesos colombianos.

 

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