La Comisión Europea aceptó e hizo vinculante un compromiso adoptado por 14 navieras que transportan contenedores a través de puertos de Europa a objeto de transparentar sus tarifas.
La Comisión había abierto una indagatoria el 21 de noviembre de 2013 en relación al anuncio general de fletes o (General Rate Increase -GRI) que era efectuado por CMA CGM, Cosco, Evergreen, Hamburg Süd, Hanjin, Hapag Lloyd, HMM, Maersk, MOL, MSC, NYK, OOCL, UASC y ZIM.
Lo comprometido tiene relación con la práctica de publicar las intenciones de futuros aumentos de precios, lo cual preocupaba a la Comisión Europea que sospechó que lo anterior pudo haber violado la legislación antimonopolio de la Unión Europea ante una eventual coordinación de valores en el ejercicio de las líneas que mantienen el transporte marítimo desde y hacia Europa.
La publicación de las intenciones, según la Comisión, hará que exista mayor transparencia para los clientes y dará mayor competencia al sector del transporte marítimo que ocupa el 40% del movimiento de carga de importación y exportación del bloque común europeo.
Hasta la determinación de la Comisión, los GRI no contaban con la publicación del precio final del servicio, sino solo la cantidad del aumento en dólares estadounidenses por TEU transportado, ruta comercial y fecha para aplicación.
Al respecto, la Comisión temía que la forma en que se hacían los anuncios y los aumentos no entregaran la información suficiente a los clientes que no podían comparar ni anticiparse al comportamiento del mercado.
Ahora, tras los compromisos, las navieras tendrán que comunicar no solo el aumento del precio, sino el conjunto de los elementos como su tasa base, el precio del bunker, las tasas de protección, tarifa por tramitación final y cargas peak si es aplicable.
Los anuncios deberán ser anunciados con un tiempo de anticipación de 31 días y su validez será por el periodo anunciado, pero se autoriza a las compañías a cobrar más barato que lo estipulado en dicha comunicación.
Los compromisos aplicarán a clientes que ya tienen acuerdo de tasa existente en vigor a la ruta que refiere la comunicación del aumento y dentro de las negociaciones bilaterales y adaptadas a clientes específicos.