Presidencia del Consejo de Ministros evalúa acciones legales tras fallo que limita facultades para fiscalizar al Puerto de Chancay

Por Redacción PortalPortuario

@PortalPortuario


La Presidencia del Consejo de Ministros del Perú (PCM) anunció que hará uso de los recursos procesales que la ley le otorga para garantizar el respeto al ordenamiento jurídico, luego que el Poder Judicial ordenara al Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran) abstenerse de ejercer sus funciones regulatorias, supervisoras, fiscalizadoras y sancionadoras respecto del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay.

Cabe señalar que una acción judicial promovida por Cosco Shipping Ports Chancay Perú S.A. derivó en una sentencia del Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima, la cual restringió las facultades del Ositran. El fallo generó preocupación en el propio organismo técnico peruano y motivó la expresiones de alerta por parte de Estados Unidos.

Bajo este contexto, el PCM recordó que en el Perú la iniciativa empresarial se desarrolla bajo una economía social de mercado. Este modelo, precisó, garantiza la libre competencia, protege la propiedad privada y establece que tanto la inversión peruana como la extranjera se rigen por las mismas condiciones, conforme al artículo 63 de la Constitución.

El Ejecutivo subrayó que la promoción de la inversión extranjera, sin importar su origen, constituye una Política de Estado orientada a impulsar el crecimiento económico, fortalecer la infraestructura crítica, elevar la competitividad del país y contribuir en la lucha contra la pobreza.

Sin embargo, el PCM remarcó que el Puerto de Chancay “debe cumplir con lo establecido por el ordenamiento normativo peruano, incluyendo aquella regulación en materia de seguridad portuaria a cargo de una serie de entidades públicas como la Autoridad Portuaria Nacional, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria y Aduanas, la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental y la Municipalidad Distrital de Chancay, en el ámbito de sus competencias. Dichas entidades cuentan con presencia en el terminal portuario y ejercen de manera efectiva las funciones de control y fiscalización que la ley les asigna”.

“El Poder Judicial habría ordenado al Ositran a abstenerse de ejercer sus funciones regulatorias, supervisoras, fiscalizadoras y sancionadoras respecto del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay, declarando, además, inaplicables a las operaciones del referido terminal y diversas normas legales que sustentan las competencias de Ositran. De configurarse tales supuestos, la Presidencia del Consejo de Ministros, en cumplimiento de la normativa legal vigente, hará uso de los recursos procesales que la ley le faculta”, complementó.

Cabe recordar que el Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima concluyó que las normas y actos administrativos emitidos por Ositran no se aplican a las operaciones de Cosco Shipping Ports en el Terminal Portuario Multipropósito de Chancay.

Lo anterior debido a que la decisión excluye específicamente la Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte (Ley N° 26917), la Ley del Sistema Portuario Nacional (Ley N° 27943) y el Decreto Supremo N° 104-2003-PCM sobre el aporte por regulación, cuando se basen en una interpretación amplia de la figura de “Administrador Portuario”.


 

Compartir

Recibe noticias como esta y otros temas de interés en tu mail, suscribiéndote a nuestro newsletter. No olvides también encontrarnos en redes sociales como @PortalPortuario

Tambien te puede interesar



Translate »