El Consejo de Administración del Puerto de Cartagena, en España, aprobó las nuevas tarifas máximas de practicaje para dicho servicio. Lo anterior elimina los recargos por honorarios fuera de jornada, abaratando los precios facturados a los cruceros.
De acuerdo con la vigente Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante española, en la actualidad no está permitido el cobro de sobrecostes o recargos en las tarifas de prestación de los diversos servicios portuarios efectuados fuera de la jornada ordinaria, fines de semana o festivos.
En el Puerto de Cartagena, hasta ahora, el servicio de practicaje contemplaba un recargo del 50% para servicios efectuados fuera de la jornada ordinaria, por lo que era necesario adaptar esta estructura tarifaria a lo estipulado legalmente.
Las tarifas del servicio de practicaje constan de una parte fija, que puede variar en función del tipo de buque, y otra parte variable, que resulta de multiplicar un determinado coeficiente por el tonelaje bruto del buque.
La Autoridad Portuaria, en ese sentido, realizó un estudio para la revisión de estas tarifas, teniendo en cuenta, además de los imperativos legales y otros aspectos.
De esta manera, detectó que l as tarifas aplicadas a los cruceros resultaban desproporcionadas, tanto por el elevado tonelaje de estos buques, como por su facilidad de maniobra y proximidad de la base de los prácticos al atraque de cruceros, por lo que se consideró conveniente aplicar unas nuevas tarifas más bajas para este tipo de barcos.
De igual modo, se consideró necesario mantener el nivel de ingresos de las tarifas del servicio de practicaje a pesar de la supresión del recargo de fuera de jornada.
Asimismo, se decidió mantener la bonificación del 20%, que ya se venía aplicando con anterioridad, a los tráficos de contenedores y Ro-Ro, integrando este descuento en las nuevas tarifas.
Tras este estudio se propusieron unas nuevas tarifas para la aprobación de Puertos del Estado, en las que se eliminaron los recargos por nocturnidad y festivos de las operaciones, se redujeron las tarifas aplicables a los cruceros, y se incorporó la bonificación de contenedores y Ro-Ro a la nueva tarifa. Una vez que Puertos del Estado dio el visto bueno a la propuesta del Puerto de Cartagena, el pasado 23 de marzo el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria aprobó las nuevas tarifas.
Estas tarifas son máximas, es decir, la empresa que presta el servicio puede acordar descuentos con sus clientes cuando lo considere oportuno. De esta modificación resultan tres tarifas: una tarifa genérica, aplicable a la mayoría de los buques; una tarifa para buques portacontenedores y Ro-Ro; y una tarifa para cruceros. En cada uno de estos casos, la tarifa se compone de una parte fija y otra parte variable que varía en función del tonelaje bruto del buque en cuestión.