Por Redacción PortalPortuario.cl
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El Servicio Nacional de Aduanas y el Instituto de Salud Pública (ISP) dieron cuenta de un incremento en la importación de insumos médicos críticos para la prevención y control del Covid-19, llegando a más de USD 101.274.361 millones en productos en las últimas tres semanas.
Esto, luego que ambas instituciones implementaran el pasado 26 de marzo la Resolución N° 1.313, que permite la tramitación preferente y sin tope de montos de los insumos médicos para hacer frente a la pandemia, para lo que se elaboró una lista de códigos arancelarios específicos e incluso se les otorgó un código especial para poder identificarlos con mayor celeridad.
Dentro de los insumos críticos ingresados a Chile que mostraron un aumento más significativo desde el 26 de marzo al 12 de abril (en comparación al mismo período del 2019), están las mascarillas, cuya importación creció 3.384%; las bolsas recolectoras de sangre que aumentaron 703%; monitores cardiacos con 329,6%; vacunas para uso en medicina con 292,4%; termómetros clínicos de mercurio y otros rellenos de líquido de lectura directa con 198%; y prendas de protección hechas de láminas de plástico con 125,2%.
También aumentaron las importaciones de termómetros digitales o infrarrojos en 111,2%; del alcohol gel y otros desinfectantes en 29,9%; las pruebas de diagnóstico Covid-19 y demás productos inmunológicos con 25,1%; las agujas tubulares de metal y de sutura con un 22,9%; y los reactivos de diagnóstico basados en la prueba del ácido nucleico reacción en cadena de la polimerasa (PCR) y otros reactivos 14,1%.
El Subsecretario de Hacienda, Francisco Moreno, destacó que “el trabajo conjunto de Aduanas y del Instituto de Salud Pública es un ejemplo de trabajo mancomunado y oportuno que deben tener todas las instituciones del Estado, para poder enfrentar esta pandemia con todas las herramientas disponibles y con la mayor efectividad posible”.
Por su parte, el Director Nacional de Aduanas, José Ignacio Palma, explicó que “el Servicio continuará aportando desde su rol y experiencia con las medidas de facilitación del comercio que permitan, en este caso, proteger la salud de los chilenos, además de salvaguardar el desarrollo económico del país y seguir fiscalizando”.
La importación preferente de insumos críticos para controlar el Covid-19 aplica tanto para importaciones realizadas o coordinadas directamente por el Ministerio de Salud para abastecer las redes asistenciales públicas del país, como para donaciones que realicen al Gobierno de Chile instituciones de beneficencia, organismos gubernamentales extranjeros o universidades, entre otras.
Esta norma, que se encontrará vigente por todo el período que dure la emergencia sanitaria, permite que estas operaciones se puedan realizar a través de cualquier medio de transporte y empresa de envío o correos.
Cómo importar insumos médicos críticos
Las importaciones de estos insumos médicos críticos deben ser tramitadas directamente ante Aduanas o a través de Agentes de Aduanas, haciendo uso de una declaración de importación simplificada, trámite normal o anticipado, independiente del monto de la operación.
Previo a acogerse a este trámite simplificado, el importador debe contar con una declaración de insumos críticos por parte del ISP o la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud, documento que debe ser enviado a Aduanas de la forma más expedita posible, incluso por correo electrónico.
En caso que la importación sea realizada por una institución o empresa privada del rubro que no cuente con la declaración de insumos críticos, éstas podrán acogerse a las medidas de facilitación del comercio anunciadas por Aduanas, tramitando una Declaración de Importación o una Declaración de Importación Simplificada a través de un Agente de Aduanas.
Además, con el objetivo de resguardar la seguridad de la población, esta medida también requiere la presentación del certificado de destinación aduanera, autorizaciones o vistos buenos otorgados por los servicios públicos que correspondan, a menos que estos mismos servicios indiquen que no es necesario en el contexto de la pandemia. Esta norma también aplica a aquellas mercancías donadas o que se acojan a alguna de las franquicias de la sección cero del aduanero, con ocasión de esta contingencia y que cumplan los requisitos que correspondan.













































