Por Redacción PortalPortuario.cl
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Continuando con las medidas de contingencia para enfrentar el avance del Coronavirus o Covid-19 en Chile, el Servicio Nacional de Aduanas emitió una resolución que permite la tramitación preferente, mucho más expedita y sin tope de montos, de los insumos médicos críticos que sean importados para la prevención y control de esta enfermedad.
Esta determinación, coordinada con el Instituto de Salud Pública (ISP), aplica tanto para importaciones realizadas o coordinadas directamente por el Ministerio de Salud para abastecer las redes asistenciales públicas del país, como para donaciones que realicen al Gobierno de Chile instituciones de beneficencia, organismos gubernamentales extranjeros o universidades, entre otras.
El Director Nacional de Aduanas, José Ignacio Palma, explicó que esta instrucción “se enmarca dentro de las medidas de facilitación del comercio exterior implementadas por el Servicio en el contexto de esta emergencia sanitaria, con el objetivo de liberar lo más rápidamente posible todos los envíos que tengan carácter de urgentes y se relacionen con la contingencia sanitaria”.
La autoridad aduanera también señaló “que será aplicable en todos los controles de Aduanas del país, pero sin duda esperamos que sea en la recepción de carga del Aeropuerto Internacional de Santiago donde tengamos una mayor demanda de este tipo de importaciones médicas, que hoy resultan indispensables para poder seguir haciendo frente a la pandemia”.
Esta nueva norma, que es transitoria y está contenida en la Resolución Exenta N°1.313, se encuentra vigente desde hoy en todo el país y por todo el período que dure la emergencia sanitaria. Es importante destacar que hasta ahora los insumos críticos sólo podían importarse vía aérea y a través de las empresas de correo rápido, pero con la nueva norma este tipo de operaciones ahora podrán realizarse por cualquier medio de transporte y empresa de envío.
Se permite que las importaciones de insumos médicos relacionados al combate del Covid-19 sean tramitadas directamente ante Aduanas o a través de Agentes de Aduanas, haciendo uso de una declaración de importación simplificada, trámite normal o anticipado, independiente del monto de la operación (hasta ahora el tope era de US$ 3.000).
Previo a acogerse a este trámite simplificado, el importador debe contar con una declaración de insumos críticos por parte del ISP o la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud, documento que debe ser enviado a Aduanas de la forma más expedita posible, incluso por correo electrónico.
En caso que la importación sea realizada por una institución o empresa privada del rubro que no cuente con la declaración de insumos críticos, éstas podrán acogerse a las medidas de facilitación del comercio anunciadas la semana pasada por Aduanas, tramitando una Declaración de Importación o una Declaración de Importación Simplificada a través de un Agente de Aduanas.
Además, con el objetivo de resguardar la seguridad de la población, esta medida también requiere la presentación del certificado de destinación aduanera, autorizaciones o vistos buenos otorgados por los servicios públicos que correspondan, a menos que estos mismos servicios indiquen que no es necesario en el contexto de la pandemia.
Cabe destacar que esta norma también aplica a aquellas mercancías donadas o que se acojan a alguna de las franquicias de la sección cero del aduanero, con ocasión de esta contingencia y que cumplan los requisitos que correspondan.
Finalmente, el Servicio Nacional de Aduanas determinó darle una codificación especial a los insumos médicos críticos relacionados a esta emergencia, tanto para identificar la carga y darle la prioridad que corresponde, como para la trazabilidad posterior de las operaciones que ingresaron bajo esta modalidad y los procesos de fiscalización.