Por Redacción PortalPortuario
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó sobre una actualización clave en el régimen de transbordo acuático de mercaderías en territorio argentino, lo tratado a través de la redefinición del procedimiento de declaración en el Sistema Informático Malvina (SIM).
Lo anterior según lo planteado en la Resolución General N° 5725/2025, la que apunta que “resulta oportuno reformular las condiciones de registro de las declaraciones de transbordo y asegurar la aplicación efectiva del análisis de riesgo, a fin de agilizar el control aduanero de las operaciones involucradas”.
La medida se basa en el Código Aduanero, que prevé que el transbordo requiere autorización previa del servicio aduanero, además de en el Protocolo de la Hidrovía Paraguay–Paraná, el que habilita controles adicionales “ante sospechas de fraude”.
Con esta medida, el organismo busca “optimizar la fluidez en la operatoria aduanera, reducir los costos del comercio exterior y evitar una sobrecarga en el control de mercaderías destinadas a otras plazas”.
La intención es que no se materilicen demoras y costos adicionales en operaciones que no están destinadas al mercado local, a la vez que se fortalece el control aduanero mediante un sistema de análisis de riesgo más selectivo.
La presente Resolución General entró en vigencia de forma inmediata tras su publicación en el Boletín Oficial y su implementación será progresiva, conforme al cronograma que se difundirá a través del micrositio oficial de ARCA.
La medida impacta especialmente en las operaciones fluviales de exportación, en particular las que transitan por la Hidrovía Paraguay-Paraná, donde el régimen de transbordo cumple un rol fundamental para el traslado de cargas hacia aguas abajo o hacia terminales marítimas.













































