Argentina: Establecen mesa de diálogo interdisciplinaria para desarrollo fluvial de la Vía Navegable Troncal

Por Redacción PortalPortuario

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El Gobierno de Argentina, a través de la Subsecretaria de Puertos Vías Navegables y Marina Mercante, dispuso la creación de una mesa de diálogo interdisciplinaria para el desarrollo fluvial de la Vía Navegable Troncal (VNT). El objetivo es crear una instancia que permita convocar a los sectores interesados para debatir y tratar materias relacionadas al canal de tránsito.

Lo tratado en consideración a lo establecido en el decreto 699 del 5 de agosto de 2024, el que declaró “servicio público a las actividades de dragado, redragado, mantenimiento, señalización, balizamiento y control hidrológico de las vías navegables de jurisdicción nacional”.

Así, en virtud del artículo 2° del decreto 709 del 8 de agosto de 2024, el Poder Ejecutivo de Argentina delegó en la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, dependiente de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, “la facultad de efectuar el llamado y adjudicación de la Licitación Pública Nacional e Internacional por el régimen de concesión de obra pública por peaje y/o de concesión de servicio público mediante el cobro de tarifas, peajes u otras remuneraciones, según el caso; todo ello en el marco de la Ley N° 17.520 y sus modificatorias, para la modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado, redragado y mantenimiento de la VNT”.

Lo anterior es comprendido entre el kilómetro 1.238 del río Paraná, punto denominado Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales, en el Río de la Plata exterior, hasta la altura del kilómetro 239,1 del canal Punta Indio, por la vía del Canal Ingeniero Emilio Mitre y el río Paraná de las Palmas, río Paraná Bravo, río Paraná Guazú, río Talavera, río Paraná–Océano Atlántico, como así también de otros tramos.

Dicho decreto, en su artículo 3°, también encomendó a la mencionada subsecretaría realizar una revisión integral del Contrato de Concesión de la VNT suscripto el 2 de septiembre de 2021 entre el Estado Nacional y la Administración General de Puertos, con la finalidad de facilitar el eficaz e inmediato traspaso del servicio otorgado en concesión a la misma por el decreto 427/2021, en favor de quien o quienes resulten adjudicatarios de la licitación pública a celebrarse, en condiciones de regularidad, continuidad y eficiencia.

Además, se señaló que por el artículo 5° del decreto 709/2024 se estableció que la subsecretaría podrá requerir a otros organismos administrativos colaboración en la elaboración de proyectos de pliegos, realización de estudios de impacto ambiental e informes técnicos, quedando asimismo facultada a establecer los procedimientos de evaluación de impacto ambiental correspondientes, de conformidad con lo establecido por la Ley General del Ambiente N° 25.675.

Los miembros de la Mesa de Diálogo que se crea por el presente artículo prestarán servicios ad honorem sin derecho a remuneración adicional alguna y actuarán como órgano permanente de asesoramiento técnico consultivo no vinculante.

Se integrará con el personal técnico y profesional que al efecto la coordinación convoque, según la necesidad y entidad de cada proyecto o labor a que se avoque y/o respecto de la cual esta subsecretaría requiera su intervención.


 

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