Por Luis Alberto Zanela
@GrupoT21
La reforma a la Ley Aduanera, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 25 de junio, comenzará a encarecer al Sistema Portuario Mexicano. Los privados que operan en los puertos no están dispuestos a absorber lo que califican como un doble pago al gobierno, por lo que trasladarán este impacto a sus tarifas.
Jaime Aguilar, Director General de la Asociación de Terminales y Operadores Portuarios (ATOP), que aglutina alrededor del 90% de las terminales e instalaciones portuarias que operan en el país, explicó que esta medida, meramente recaudatoria, incrementará entre 12 y 15% sus tarifas, lo cual impactará directamente a importadores y exportadores nacionales.
El directivo señaló que las terminales, al fungir como recintos fiscalizados, pagan a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), vía las Aduanas, una contraprestación por el manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior; independientemente de la contraprestación que pagan a las Administraciones Portuarias Integrales (API) por concepto de uso, aprovechamiento y explotación de las áreas en las que operan bajo contrato de cesión parcial de derechos, donde además ofrecen los servicios previstos en la Ley de Puertos.
Sin embargo, con la reforma la Ley Aduanera, las terminales tendrían que pagar tanto a la API, como a la SHCP, la contraprestación por dichos servicios, además de la contraprestación que ingresan a esta última dependencia por el manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, donde radica el doble pago.
“Se nos está fijando una imposición adicional a lo que ya pagamos. El gobierno nos dice que lo que se le paga a la API es una cosa, pero ahora vamos a pagar por las actividades conexas, y aparte no nos dice (la reforma) cuáles son esas actividades conexas. Yo puedo decir que las actividades conexas son las que ya le pagamos a la API, que son casos de certificación, consolidación y desconsolidación de contenedores; son los servicios a los que estamos autorizados por la Ley de Puertos, y ahora Hacienda quiere que le paguemos también por eso”, enfatizó Jaime Aguilar.
La reforma la Ley Aduanera, recién publicada en el DOF, establece en el artículo 15, fracción VII, que cuando en los lugares habilitados para la prestación de los servicios objeto de la concesión o autorización, se presten servicios distintos del manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, los ingresos por dichos servicios se considerarán distintos de los ingresos que conforman la base del aprovechamiento, en tanto no excedan del 10% del total de los ingresos asociados a la concesión o autorización respectiva.
Los montos excedentes, según la Ley, se integrarán a la base del aprovechamiento, salvo prueba en contrario de que se trata de ingresos obtenidos por servicios que no sean conexos o relacionados directamente con los servicios de manejo, almacenaje y custodia objeto de la concesión o autorización.
Bajo este escenario, Jaime Aguilar alertó que, con el encarecimiento de las tarifas, el país va a perder competitividad, ahuyentando los arribos de los barcos hacia puertos de Estados Unidos o Centroamérica. Las acciones legales que podrían emprenderse ya están en análisis para contrarrestar el efecto negativo.
“Es un golpe a la economía del país. Todo lo que hemos hecho en estos últimos años tanto en inversión física, como en estrategias y políticas públicas, parece ser que la visión es para atrás. La única explicación que yo tengo es recaudatoria, no está mal, lo que está mal es que se implementen en contra de una actividad que no lo necesita, que funciona muy bien, y que la amenaza”, acentuó el directivo.
Por poner un ejemplo, las terminales de contenedores, a las que impacta dicha reforma, pagan por aprovechamiento el 5% de sus ingresos brutos mensuales al fungir como recintos fiscalizados que ofrecen el manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, lo cual se podría ir elevando por los servicios conexos conforme a sus volúmenes.
“El pretender que se pague un aprovechamiento por todos los servicios que se prestan al interior del recinto fiscalizado implicará que la autoridad aduanera haga suya una actividad que no le corresponde, sino al operador portuario; y, por ende, genere un doble pago en beneficio del único acreedor que tiene el cesionario o recinto fiscalizado: el gobierno federal. Además, de obligarse al pago de este aprovechamiento, no se debe olvidar que es derecho del cesionario o recinto fiscalizado cobrar las tarifas que libremente considere, atendiendo a los costos que le representa la cesión o autorización, lo que de suyo impactará en el consumidor final a quien se encarecerá su producto por el excesivo gravamen que se pretende por servicios cuya naturaleza no son de vocación de la autoridad aduanera”, advirtió la ATOP a Diputados incluso previo a la reforma.
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