Por Redacción PortalPortuario.cl
@PortalPortuario
Barcelona Europe South Terminal (BEST) se certificó como Operador Económico Autorizado (OEA) y Almacén de Depósito Temporal (ADT).
El Director General de la terminal, Guillermo Belcastro, dijo que “la obtención del OEA nos posiciona como un socio de confianza de la Administración de Aduanas, reforzando nuestro espíritu de colaboración mutua. Adicionalmente, el nuevo marco regulatorio, nos permite profundizar en las gestiones aduaneras que se produzcan en la terminal, simplificando de esta manera la operativa de nuestros clientes”.
BEST detalló en un comunicado que la participación de las terminales en la prestación de servicios aduaneros es una realidad y todo un éxito de integración y eficiencia en el norte de Europa, desde ya hace muchos años, y proporciona no sólo una mayor agilidad en el movimiento de la carga y una mejor integración en los sistemas electrónicos con las administraciones aduaneras, sino por el hecho de tener un papel activo en la cadena logística.
Lo anterior, de acuerdo a la compañía, permite profundizar en las gestiones aduaneras que se produzcan en la terminal, facilitando a nuestros clientes la simplificación de todas las gestiones que hasta la fecha han realizado otros actores de la cadena logística internacional.
Desde la llegada del buque a puerto, en las primeras 24 horas (prorrogables a 72 horas si así lo autoriza la Aduana) desde la activación de la declaración sumaria (DSDT), se ha de declarar un destino aduanero, bien sea el despacho definitivo (a través de una DUA), o cualquier otro de los destinos aduaneros previstos en la legislación vigente.
BEST explicó que siendo la terminal un ADT, es muy probable que se pueda ofrecer el servicio de vincular la mercancía al ADT de la terminal, desde el que luego se puedan realizar los siguientes trámites hasta un destino aduanero definitivo.
La empresa resaltó que otra de las novedades destacables es la tramitación y comunicación de la terminal marítima con los ADT de segunda línea, que también deben ser OEA, en el movimiento de mercancías entre diferentes depósitos temporales. Según los procedimientos contemplados en el CAU debe ser la terminal, como almacén de origen, quien preste el servicio de comunicación con la aduana de ese traslado, con un mensaje llamado G5, en régimen suspensivo de impuestos aduaneros.