Por Redacción PortalPortuario.cl
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Por recomendación del Comité de Prácticas Comerciales, el Gobierno Nacional de Colombia decidió imponer derechos compensatorios definitivos a la importación de alcohol carburante (etanol), procedente de Estados Unidos, por un periodo de dos años.
A través de la Resolución 069, se estableció un derecho específico de USD 0,06646 por kilogramo, que es equivalente a la cuantía de la subvención (subsidio) encontrada durante la investigación realizada. Este valor es adicional al arancel aplicable al etanol, según el Acuerdo Comercial con Estados Unidos.
Durante la investigación se estableció que del total del maíz subsidiado en Estados Unidos, el 68,7% se destina a la producción de alcohol carburante. Bajo ese escenario, se determinó que la cuantía de la subvención otorgada equivalía a USD 0,06646 por kilogramo que representa, con los precios de las últimas importaciones declaradas, a un arancel ad valorem de 13,2%.
La investigación arrojó que sí hay daño en el desempeño de los indicadores económicos y financieros de los productores nacionales, debido a las importaciones subvencionadas. Además, se encontró relación de causalidad entre el incremento de esas compras externas, originarias de Estados Unidos durante el periodo objeto de investigación. También fue evidente el desempeño negativo en los indicadores económicos y financieros de los productores nacionales.
El proceso inició por solicitud de Fedebiocombustibles, en representación de los productores nacionales, y la investigación tardó 15 meses. Tal como lo establece la norma nacional y el Acuerdo sobre Subvenciones de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el proceso surtió todas las etapas reglamentarias, se brindaron todas las garantías a las partes y en todo momento se respetó el derecho de defensa y el debido proceso.
En este lapso de tiempo participaron como partes interesadas las autoridades del gobierno de Estados Unidos, así como algunos representantes de exportadores y gremios de ese país.