Por Redacción PortalPortuario.cl
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La Comisión Europea exigió a Italia que elimine las exenciones del impuesto sobre sociedades concedidas a sus puertos, con el fin de alinear su régimen fiscal con las normas sobre ayudas estatales de la UE.
Las ganancias obtenidas por las autoridades portuarias de las actividades económicas deben gravarse con arreglo a las leyes nacionales habituales del impuesto sobre sociedades para evitar distorsiones de la competencia.
La comisaria Margrethe Vestager, a cargo de la política de competencia, dijo que “las normas de competencia de la UE reconocen la importancia de los puertos para el crecimiento económico y el desarrollo regional, lo que permite a los Estados miembros invertir en ellos. Al mismo tiempo, para preservar la competencia, la Comisión debe garantizar que, si las autoridades portuarias generan beneficios de las actividades económicas, se gravan de la misma manera que otras empresas. La decisión de hoy para Italia, como anteriormente para Países Bajos, Bélgica y Francia, deja en claro que las exenciones injustificadas del impuesto sobre sociedades para los puertos distorsionan la igualdad de condiciones campo y competencia leal. Deben eliminarse”.
En Italia, las autoridades portuarias están totalmente exentas del impuesto sobre la renta de las sociedades. En enero de 2019, la Comisión invitó a Italia a adaptar su legislación para garantizar que los puertos pagaran el impuesto de sociedades sobre los beneficios de las actividades económicas de la misma forma que otras empresas en Italia, de conformidad con las normas de la UE sobre ayudas estatales.
En noviembre de 2019, la Comisión abrió una investigación en profundidad para evaluar si se confirmaban o no sus preocupaciones iniciales con respecto a la compatibilidad de las exenciones fiscales para los puertos italianos con las normas sobre ayudas estatales de la UE.
Una vez concluida su evaluación, la Comisión considera que la exención del impuesto sobre sociedades concedida a los puertos italianos les proporciona una ventaja selectiva, en contravención de las normas de la UE sobre ayudas estatales. En particular, la exención fiscal no persigue un objetivo claro de interés público, como la promoción de la movilidad o el transporte multimodal.
Los ahorros fiscales generados pueden ser utilizados por las autoridades portuarias para financiar cualquier tipo de actividad o para subsidiar los precios cobrados por los puertos a los clientes, en detrimento de la competencia y la competencia leal.
El diálogo entre la Comisión y las autoridades italianas está en curso. Italia ahora debe tomar las medidas necesarias para eliminar la exención de impuestos a fin de garantizar que, a partir del 1 de enero de 2022, todos los puertos estén sujetos a las mismas reglas de impuestos corporativos que otras empresas.
Dado que la exención del impuesto de sociedades para los puertos ya existía antes de que el Tratado entrara en vigor en Italia en 1958, esta medida se considera “ayuda existente”. Por lo tanto, la decisión de hoy no impone ninguna obligación a Italia de recuperar el impuesto de sociedades que no se pagó en el pasado.