Corte Suprema declara admisible recurso de protección de eventuales contra gerente general de Puerto Coronel

Por Redacción PortalPortuario

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La Corte Suprema declaró como admisible el recurso de protección que presentaron eventuales en contra del gerente general de Puerto Coronel, Patricio Román Lois. Esto luego que la medida fuera desestimada a fines de junio por la Corte de Apelaciones de Concepción.

El fallo de la Corte Suprema ocurre luego que el abogado que representa a los trabajadores eventuales, Andrés Durán, presentara un recurso de reposición tras haber apelado que lo determinado por el tribunal penquista no se ajustaba a derecho.

De esta manera, la resolución emanada desde la Corte Suprema sostiene que “del mérito de los antecedentes aparece de manifiesto que en el libelo interpuesto en autos se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, razón por la que el recurso debió haber sido acogido a tramitación”.

“Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se revoca la resolución apelada, y en su lugar declara que el recurso de protección deducido es admisible, debiendo dársele la tramitación correspondiente”, complementó.

Cabe recordar que en el recurso de protección presentado por los eventuales se acusó a Román de haber cometido “actuaciones ilegales y/o arbitrarias, lo que habría “afectado, perturbado y amenazado las garantía fundamentales de la igualdad ante la Ley y libertad de trabajo”.

Además, se pidió “ordenar al recurrido el aseguramiento del derecho al trabajo e igualdad frente al nuevo sindicato creado, en forma inmediata abstenerse de toda ejecución y u acto material que ayuda a impedir la afectación, perturbación o amenaza de las garantías constituciones invocadas”.

Así como también el “establecer la obligación del recurrido de adoptar, en forma inmediata y dentro de un plazo no superior a 5 días, medidas de mitigación técnicamente idóneas para evitar nuevos hechos como el denunciado”.

En paralelo, Puerto Coronel mantiene denuncias por delitos de amenazas, desórdenes públicos, daños y coacciones en contra de trabajadores eventuales debido a las protestas que se dieron en el contexto del alto de faenas y bloqueo del terminal coronelino, razón por la cual algunos están siendo formalizados en el Tribunal de Garantía local.


 

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