DNV hace recomendaciones ante nuevos requisitos de seguridad para aparatos elevadores de a bordo a partir de 2026

Por Redacción PortalPortuario

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DNV

La OMI está adoptando la Regla II-1/3-13 del Convenio Solas, que introduce requisitos de seguridad obligatorios para los aparatos de izado a bordo, una reglamentación que entra en vigor el 1 de enero de 2026. Ante esto, DNV generó un documento con recomendaciones sobre cómo planificar la nueva norma.

Los nuevos requisitos de la OMI para los dispositivos de izado se aplicarán a los buques con certificado de construcción segura (CCC, CSSC o PSSC) y para cumplirlos, las grúas, las cubiertas móviles y las rampas que se izan con carga, así como otros dispositivos de izado, deben cumplir con varios criterios.

El primero es estar diseñados, construidos, instalados y certificados de acuerdo con las reglas de la sociedad de clasificación del buque o estándares equivalentes (los dispositivos no certificados instalados antes del 1 de enero de 2026 pueden estar cubiertos alternativamente por una “Declaración fáctica”).

Asimismo, debe someterse a una inspección exhaustiva anual y a pruebas de carga cada cinco años. También se realizarán tests o inspecciones ocasionales cuando se considere necesario, por ejemplo, para verificar una reparación. También se debe cumplir con el mantenimiento e inspección regulares.

Estos requisitos se aplican en el momento de la entrega de un buque nuevo, en el momento de la instalación de nuevos aparatos de elevación o, a más tardar, en el momento de la primera inspección de renovación después del 1 de enero de 2026.

DNV preparó un nuevo servicio de inspección y certificación OMI para facilitar el cumplimiento de estos requisitos.

Para las nuevas construcciones entregadas después del 1 de enero de 2026, tras la entrega del nuevo barco, todos los dispositivos de elevación instalados deberán cumplir con los requisitos renovados de la OMI, independientemente de la fecha del contrato. Se emitirá un libro electrónico de equipo de carga del organismo que acredite el cumplimiento descrito anteriormente.

DNV no podrá emitir un certificado de construcción segura para construcciones nuevas entregadas desde 2026 a menos que lo anterior haya sido parte del alcance y esté confirmado para los aparatos de elevación aplicables.

Respecto de la modernización de nuevos aparatos elevadores después del 1 de enero de 2026, DNV señala que todos requerirán el cumplimiento de las nuevas reglas y podrán desencadenar la implementación del libro de aparejos de carga de la OMI para el buque.

DNV no podrá emitir ni avalar un certificado de construcción segura si se ha instalado una modernización sin la certificación requerida.

Para una flota en servicio, en tanto, la transición al nuevo régimen normalmente se aplicará una vez finalizada la inspección de renovación de primera clase el 1 de enero de 2026 o después.

Las inspecciones y pruebas periódicas son similares a las requeridas actualmente para la OIT 152, o el libro de equipo de carga, pero su alcance se ha ampliado más allá, pues se limita a los dispositivos de elevación y rampas para la manipulación de carga.

Las grúas de aprovisionamiento, las grúas de sala de máquinas y otros dispositivos de elevación, así como las cubiertas móviles y rampas que se izan con carga, deberán incluirse en el libro de equipo de carga.


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