Por Redacción PortalPortuario.cl
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El Gobierno de Chile ingresó a primer trámite constitucional, ante la Cámara de Diputados y Diputadas, el proyecto de ley Mensaje Nº 156-369, el cual modifica la Ley de Cabotaje, buscando aperturar esta modalidad de transporte a buques de bandera extranjera.
De acuerdo a lo planteado por el Ejecutivo, “la apertura del cabotaje crearía condiciones para optimizar la cadena logística y el transporte multimodal, generando mejoras de competitividad en la industria y erradicando movimientos de carga ineficientes que se desarrollan en las costas y puertos del país. En consecuencia, se buscan beneficios económicos para todos los consumidores finales de bienes del país”.
La iniciativa introduce modificaciones al decreto de ley N° 3.059 de 1979, Ley de Fomento a la Marina Mercante; al decreto de ley N° 2.222 de 1978, Ley de Navegación.
Según el documento, “el presente proyecto de ley plantea la apertura del cabotaje para naves extranjeras con el fin de permitirles optimizar el uso de la capacidad de sus naves, aumentar la oferta disponible a precios competitivos y aprovechar la ruta natural que significa la extensa costa chilena. Por tanto, el proyecto de ley modifica el artículo 3° del decreto ley N° 3.059, señalando que las naves mercantes extranjeras podrán ofrecer libremente servicios de cabotaje cuando muevan carga entre dos puertos del país”.
Asimismo, “propone eliminar el umbral de 400 pasajeros y, así, permitir que cruceros extranjeros con capacidad menor puedan competir en este mercado”.
Sumado a lo anterior, el escrito presentado sostiene que “para poder matricular una nave en Chile, la ley actual obliga a la persona jurídica propietaria de la nave a cumplir con una serie de requisitos, a saber, tener su domicilio y sede real y efectiva en Chile, que su presidente, gerente y mayoría de directores o administradores, según el caso, sean chilenos y que la mayoría de su capital social pertenezca a personas naturales o jurídicas chilenas”.
“Lo anterior constituye una gran barrera de entrada a nuevos capitales para que se puedan constituir nuevas navieras en Chile. En este sentido, el proyecto elimina estos requisitos para las empresas que inviertan a su vez en navieras chilenas, facilitando la llegada de capitales al país y fomentando la competencia. Adicionalmente, se eliminan los requisitos para que una naviera chilena pueda matricular naves en Chile, en lo referente a la nacionalidad de sus gerentes o administradores y directores”, añade.
Actualmente, la Ley de Navegación exige que, para mantener enarbolado el pabellón chileno de una nave, el capitán, su oficialidad y tripulación sean de nacionalidad chilena, pero el proyecto propone reformar este requisito establecido, adecuándolo al porcentaje máximo de extranjeros que puede tener cualquier empleador de una industria en Chile.
En esta línea, el proyecto plantea que “esta liberación propuesta no es absoluta, ya que el porcentaje se armoniza al 15% actualmente establecido en el Código del Trabajo, equiparando esta industria a la norma general aplicable en Chile, evitando así labores de trato preferencial o protegidas”.
Sin embargo, la modificación mantendrá el requisito de la nacionalidad chilena para el capitán y el primer oficial, “a fin de mantener el mando de la embarcación en un oficial nacional, en caso de una eventual incapacidad del capitán y consecuente sucesión de mando”, según el texto.