Justicia argentina confirma fallo que indica que peaje en VNT no es un impuesto

Por Redacción PortalPortuario

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La Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal de Argentina confirmó el fallo de primera instancia en el que ya se había rechazado el pedido de cautelar solicitado por un armador extranjero, que reclamaba que el cobro del peaje de la Vía Navegable Troncal (VNT) en realidad se trata de un impuesto, por lo que violaría el tratado del Mercosur, y que su pago implicaría un perjuicio económico insalvable a su actividad.

En su fallo, la instancia entendió que el demandante no presentó pruebas de sus estados contables ni ningún elemento que permita configurar el posible impacto sobre sus cuentas del pago del peaje, y desestimó que se trate de un tributo, como vienen planteando públicamente desde algunos sectores, de acuerdo a la Administración General de Puertos (AGP).

“Las resoluciones cuya suspensión se persigue no evidencian -a primera vista- los vicios que la actora le atribuye, pues de un examen efectuado con las limitaciones propias que impone el estado inicial de la causa, no resulta ostensible que, como invoca la actora, la normativa que establece el pago de un peaje (o tasa por servicio) encubra un verdadero impuesto”, se lee en el fallo de la Cámara.


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