Por Redacción PortalPortuario
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A través de edicto n.° 432, la Sala Tercera de lo Contencioso, Administrativo y Laboral de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Panamá confirmó el Auto de 29 de junio de 2023, que admite la demanda contenciosa administrativa de nulidad, interpuesta por un abogado particular, para que se declara nulas la Nota ADM-1123-06-2021-DGPIMA-CON de 28 de junio de 2021 y la Certificación SG N°. 021-06-2021 de 28 de junio de 2021, emitidas por la Autoridad Marítima de la Panamá (AMP) relativa al contrato con Panama Ports Company.
La Nota ADM-1123-06-2021-DGPIMA-CON demandada concede prórroga automática al contrato ley 5 de 16 de enero de 1997 entre el Estado panameño y la empresa Panama Ports Company, S.A. (PPC); mientras que la Certificación SG N°. 021-06-2021 otorga visto bueno al cumplimiento de las obligaciones básicas contractuales y da vigencia a los derechos de concesión hasta el año 2047.
La resolución de la Sala Tercera de la CSJ se da en atención a una apelación interpuesta por los representes legales de la empresa PPC, que actúa como tercer interesado en este proceso, la cual fue sustentada el 20 de septiembre del año 2023.
Siguiendo el trámite natural de este expediente, se le corrió traslado al titular de la Procuraduría de la Administración para que emitiera su concepto en relación con la demanda, y el funcionario, a través de la Vista 1862 de 11 de octubre de 2023, invocó un impedimento para actuar, acción que fue resuelta y declarada legal el 4 de diciembre de 2023.
De inmediato, se entró a ver la apelación que es sujeto de la presente resolución, emitida el pasado 19 de febrero, que confirma que la demanda de nulidad contra la nota y la certificación de la AMP queda admitida.