Ley que busca prohibir uso no autorizado de inhibidores de señales es despachada a fase de promulgación

Por Redacción PortalPortuario

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La Cámara de Diputados aprobó las enmiendas del Senado del proyecto de Ley que busca prohibir la fabricación, comercialización, importación, exportación, utilización, tenencia, porte y uso no autorizado de inhibidores de señal de telecomunicaciones (jammer), la que fue despachada al Ejecutivo a fase de promulgación.

Lo anterior fue celebrado por la Confederación Nacional de Dueños de Camiones (CNDC), los que apuntaron la medida como un “gran paso adelante en la lucha contra el crimen organizado que afecta al transporte de carga por carretera”.

Su origen está en la llamada agenda de seguridad del Ejecutivo a solicitud expresa de la CNDC, toda vez que los inhibidores son empleados en forma recurrente por bandas delictuales que asaltan y roban camiones. Ello mediante el bloqueo de celulares y GPS usados por conductores y empresas de transporte para proteger los despachos”, agregó.

Bajo este contexto, el presidente de la CNDC, Juan Araya, comentó que “por primera vez pasamos a la ofensiva contra las bandas organizadas, que tendrán cerradas las puertas para comprar y usar los inhibidores. El desafío que ahora viene es desarticular a los delincuentes que todavía los poseen, porque también es ilegal la tenencia”.

Fundamentos

La normativa apunta a dificultar el uso de la tecnología en la comisión de delitos por parte de bandas de crimen organizado. Lo anterior, principalmente, en delitos al transporte de carga, ya sea para robar la mercadería o el vehículo, lo que afecta la seguridad de los conductores.

Dichos inhibidores de señal o jammer se usan con el fin de interferir una señal telefónica, WIFI, GPS y botones de pánico, entre otros. Ello mediante la emisión de ondas de radio, ya sea, para bloquear o emitir señales falsas que interfieren las legítimas.

Para sus efectos, la iniciativa modifica la Ley General de Telecomunicaciones, que ya sanciona su uso malicioso. De tal modo, se instituye un nuevo tipo penal referido a su tenencia y una figura agravada por utilizar estos dispositivos, para bloquear señales de transporte, telecomunicaciones o de las policías.

Sanciones

La propuesta sanciona con penas de 541 a 3 años (presidio menor en su grado medio) al que fabrique, comercialice, utilice, tenga o porte uno o más inhibidores de señal. Por otra parte, se aplicará una multa de 50 a 100 UTM y el comiso de los equipos.

“Se crea una pena más severa para quienes interrumpan señales de naves, aeronaves o torres de control de tráfico aéreo. Esta será de 5 años y un día a 10 años (presidio mayor en su grado mínimo) y multa de 100 a 5 mil UTM. Lo propio en el caso de redes o servicios de telecomunicaciones de servicios esenciales o de especial relevancia para el orden y seguridad pública, la defensa nacional o el sistema de inteligencia del Estado”, comunicó la Cámara de Diputados.

En cuanto a la importación y exportación, la pena corresponderá al delito de contrabando presente en la Ordenanza de Aduanas. En caso de que el valor de los dispositivos no exceda las 20 UTM, se aplicará la pena de 541 días a 3 años (presidio menor en su grado medio) y multa de dos a cinco veces el valor de la mercancía objeto del ilícito.

Asimismo, exime de la sanción para la tenencia o porte de dispositivos electrónicos que inhiban cualquier tipo de señal de telecomunicaciones, a quien entregue dichos elementos voluntariamente a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, en un plazo de 120 días, desde publicada la presente ley. Ello, siempre que no se haya formalizado una investigación penal en su contra.


 

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