PDI explica cambios en Ley de Migraciones que extienden los “shore pass” de tripulantes a 90 días

Por Redacción PortalPortuario.cl

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La Policía de Investigaciones de Chile detalló al Comité Portuario de los Servicios Públicos los más recientes cambios de la Ley de Migraciones. El cuerpo legal, ahora, entre otros aspectos, extiende los “shore pass” de los tripulantes de naves de 30 a 90 días.

La PDI de esta manera entregó una exposición a los funcionarios públicos vinculados a la actividad portuaria y marítima local respecto de  la nueva Ley de Migración y Extranjería Nº21.325, que reemplaza a la Ley de Migración de 1975, y se realizó en el Auditorio de Puertos de Talcahuano.

Uno de los aspectos relevantes de esta normativa para la actividad portuaria y logística es que las tarjetas de tripulantes extranjeros (“shore pass”), que antes se extendían por 30 días, ahora tendrán una vigencia de 90 días, detalló la Subprefecta Ana María Miño, Jefa del Departamento de Migraciones y Policía Internacional de la PDI en la ciudad puerto.

“Ese es un cambio muy favorable para el sistema logístico portuario, ya que permite una mejor operatividad y disminuye el número de trámites para las agencias navieras”, comentó el Gerente General de Puertos de Talcahuano, Rodrigo Monsalve.

La Jefa del Departamento de Migraciones y Policía Internacional de la PDI en Talcahuano también recalcó que “la autoridad de control migratorio es efectuada por la PDI por los pasos habilitados; sin embargo, en los puertos de mar donde no existan unidades de la Policía, el control será cumplido por la Autoridad Marítima a que se refiere el Decreto Ley Nº2222 del año 1978”.

La Subprefecta agregó que el ingreso a nuestro país será a través de pasos habilitados, con documentos de viaje y sin existir prohibiciones legales. Luego, la funcionaria policial se refirió a las infracciones y las sanciones migratorias menos graves (en relación al desarrollo de actividades remuneradas sin autorización y al listado de pasajeros incompletos por parte de las agencias navieras) y a las infracciones migratorias graves (en relación al ingreso y egreso ilegal de las personas extranjeras, a la omisión del control de documentación, a la no entrega de los listado de pasajeros, el abandono sin control migratorio y el empleo de los extranjeros sin autorización).

“Todas estas infracciones conllevan a la denuncia administrativa. La PDI, mediante un informe policial, que es enviado a la Dirección Regional del Servicio Nacional de Migraciones, pone todos los antecedentes a disposición de ellos. Cuando se hace este tipo de procedimiento, se entrega al extranjero infractor un documento denominado Tarjeta de Extranjero Infractor”, concluyó la Jefa del Departamento de Migraciones y Policía Internacional Talcahuano


 

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