Perú: Ministerio del Trabajo informa que empresas no están obligadas a dar descanso vacacional a portuarios

Por Redacción PortalPortuario.cl

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El Ministerio del Trabajo de Perú, a través del Diario Oficial El Peruano, informó que las empresas del sector portuario no están obligadas a dar “descanso físico vacacional” a los trabajadores, ya que su laores se efectúa de forma discontinua.

“No hay obligación de otorgar descanso físico vacacional a los trabajadores portuarios, debido a que su labor constituye una prestación de servicios discontinua. En esa medida, tampoco existe el deber de otorgarles una indemnización vacacional ante la falta de ese descanso”, indicó el Ministerio.

No obstante, “el empleador portuario mantiene la obligación legal de abonar la remuneración vacacional de forma semanal y con efectos cancelatorios. Todo ello sin perjuicio de las disposiciones de mejora que puedan pactar las partes o fijar el empleador”.


 

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