PortCastelló incrementará la protección ambiental en las operativas de granel sólido

Por Redacción PortalPortuario

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PortCastelló intensifica el control sobre las operativas de graneles sólidos desarrolladas en el Puerto de Castellón con la aprobación por parte del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de una instrucción relativa a la normativa que debe aplicarse en estos servicios.

El objeto es elaborar una serie de instrucciones para regularizar y ordenar los servicios que no se encuentren contemplados en el actual Reglamento de Servicios y Policía del puerto a fin de garantizar un adecuado control de estas operaciones.

El presidente de la Autoridad Portuaria, Rubén Ibáñez, destacó que “el crecimiento del puerto, los tráficos y la complejidad de las operativas nos obliga a adaptar y actualizar la normativa con medidas que garanticen un estricto control en la gestión ambiental en materia de seguridad, así como para la protección y reducción de la contaminación al entorno”.

“Nuestro objetivo es ser cada vez más sostenibles, más responsables y más comprometidos con el entorno para cumplir con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) que establece la Asamblea General de las Naciones Unidas. Esta es nuestra hoja de ruta y llevamos tiempo trabajando en esta dirección”, agregó.

En cuanto al ámbito de actuación, la instrucción tendrá aplicación en todos los muelles habilitados para la manipulación de granel sólido del recinto comercial de la zona de servicio del puerto. Por su parte y, en relación con las normas generales, a fin de optimizar la operativa, cualquier solicitud de un buque de granel sólido destinado a los muelles habilitados para este movimiento, irá acompañada del plan de trabajo previsto en el que se indiquen aspectos relevantes tales como el ritmo de descarga y el de retirada de la mercancía del muelle, así como los medios (tanto humanos como mecánicos) que se pondrán a disposición de la operativa para su cumplimiento.

Asimismo, en el caso de muelles públicos la Autoridad Portuaria podrá denegar o instar la subsanación y/o modificación de la solicitud de atraque, si una vez analizado el plan de trabajo considera que no se ajusta a los criterios para una adecuada explotación del muelle.

Además, dado que la retirada de la mercancía del muelle es el principal problema para una correcta explotación portuaria, las empresas estibadoras iniciarán de manera simultánea las operativas de descarga de la mercancía del buque y la de levante/retirada de mercancía.

Por otro lado, una vez finalizada la operativa del buque, la retirada de la mercancía de muelle deberá continuar hasta su salida total, debiendo realizarse de forma que no dificulte la siguiente operativa de acuerdo con las instrucciones que recibirá de la Autoridad Portuaria.

En tanto, en los casos en que la Autoridad Portuaria acredite algún incumplimiento por parte de la empresa estibadora de alguna de las instrucciones anteriores, podrá dar lugar al correspondiente expediente sancionador de acuerdo con lo previsto en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.


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