Por Redacción PortalPortuario
El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) declaró como inadmisible el proyecto “Astillero Cabo Negro” presentado por Maestranza Cabo Negro Spa, el que se busca desarrollar en la comuna de Punta Arenas, Región de Magallanes y Antártica Chilena.
Según lo señalado en la descripción de la iniciativa, la misma corresponde “a la ampliación de prestación de servicios de la actual Maestranza y Varadero que posibilita la atención de naves menores (hasta 99,9 AB) y artefactos navales con desplazamiento liviano inferior a 200 toneladas, a la de un Astillero que permitirá construir o reparar naves o embarcaciones y artefactos navales mayores”.
Sin embargo, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes sostuvo que “el proyecto no cumple con los contenidos mínimos de las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA)“, lo que derivó en que se resolviera no acoger a trámite la DIA.
Lo anterior a raíz que no se entregaron los antecedentes que acrediten “que la presentación se hace por la persona facultada legalmente para ese efecto”, dando cuenta que hizo falta una “copia de escritura pública o documento protocolizado ante notario público mediante la cual se otorga poder al o los representantes de la sociedad para comparecer ante autoridades administrativas, con certificado de vigencia original de fecha reciente (menos 6 meses), otorgado por el Archivero Judicial”.
Detalles del proyecto
La ficha del proyecto sitúa en USD 110.000 el total de la inversión a realizar, mientras que la construcción se contemplaba ejecutar en una fase estimada en cuatro meses. La misma se buscaba iniciar en abril de 2025 con la pavimentación del radier de un galpón y su culminación en agosto del mismo año.
“Las instalaciones de la maestranza y varadero permitirían ofrecer servicios de un astillero para naves y artefactos navales mayores sin que se requieran modificaciones o ampliaciones en la infraestructura, equipamiento ni capacidades ni aumento del capital humano existente, por lo que lo que el ingreso de la presente evaluación de impacto ambiental corresponde al interés y necesidad del Titular de atender embarcaciones y artefactos de mayor envergadura”, según se detalló en el documento ingresado ante el SEA.