Por TradeNews
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La Secretaría de Energía aprobó las normas necesarias para el abastecimiento de gas natural licuado (GNL) a los buques que operen en la Argentina y cuenten con este combustible como opción de motorización.
La decisión, plasmada en la resolución 438/2019 y publicada en el Boletín Oficial, adopta las normas internacionales ISO en lo que hace a las operaciones de trasvase y suministro de GNL a buques desde camiones cisterna, principalmente, y se toma tras gestiones iniciadas por la Administración General de Puertos (AGP) en 2014.
Ese año, la Buquebús puso en servicio el buque Francisco, capaz de operar tanto con GNL como con gasoil.
El buque opera regularmente en Dársena Norte, jurisdicción del Puerto Buenos Aires. Cuando entró en servicio no existía una normativa específica que regulara el abastecimiento de este combustible desde un camión a un buque. Por lo tanto, la AGP otorgó provisoriamente “la primera autorización de carga de GNL desde un camión cisterna al buque”.
Luego, se giró la autorización provisoria a la autoridad que vela por la seguridad en la navegación y en los puertos, Prefectura Naval Argentina, que extendió autorización similar “en días y horarios específicos, y siempre que hubieran condiciones hidrometeorológicas favorables”.
Con esta gestión comenzó un largo proceso para dar con las normas necesarias para regular el aprovisionamiento camión-buque de GNL, entre la AGP y la Prefectura, y con el ex Ministerio de Energía y el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas).
Mientras se extendían sucesivas prórrogas al armador para que pudiera seguir operando, la mesa de trabajo acordó la viabilidad de incorporar las normas ISO 18683 (directrices para sistemas e instalaciones de suministro de GNL como combustible de buques) e ISO 20519 (especificación para el abastecimiento de buques alimentados con GNL), y la Secretaría de Energía las adoptó en el marco de la resolución 438/2019.
De esta manera, cada dos años (o cuando existan cambios en la operatoria normal) se deberán efectuar los análisis de riesgo de rigor para monitorear el cumplimiento de los estándares internacionales.
“Las operaciones de abastecimiento de GNL para su uso como combustible de buques deberán contar con una inspección de seguridad anual, realizada por una Sociedad de Clasificación con pericia reconocida en instalaciones de gas y petróleo, miembro de la IACS acreditada en el Organismo Argentino de Acreditación, y realizar simulacros ante emergencias con una periodicidad semestral”, concluye la resolución.