Por Redacción PortalPortuario.cl
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El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) del Perú publicó el reglamento del Decreto Legislativo N° 1492 que aprueba disposiciones para la continuidad y eficiencia de las operaciones vinculadas a la cadena logística de comercio exterior.
A través de la aplicación del Decreto, se permite la reducción de costos evitables dentro de las operaciones de comercio exterior, ya que los importadores y exportadores tendrán de manera transparente información sobre los pagos que realizarán, siendo estos sólo por los servicios que han solicitado.
Se establece, además, una medida importante para la reactivación de los sectores productivos, especialmente las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes): no condicionar la entrega de su carga al pago de costos evitables. Actualmente, se tiene cerca de 8 mil empresas exportadoras, de las cuales el 72% son Mipymes.
“Con esta norma, se impulsará la competitividad logística de comercio exterior, a través de la digitalización de los procesos y la transparencia de los costos, asegurando así la eficiencia y la predictibilidad en las operaciones que se realizan”, explicó el Mincetur.
El citado documento fue aprobado a través del Decreto Supremo N° 001-2021-Mincetur. Está compuesto de siete capítulos, mediante los cuales se establecen disposiciones orientadas a la digitalización de los procesos, así como de la transparencia de los servicios que se brindan en la cadena logística.
La presente norma también contempla que la fiscalización, y procedimiento administrativo sancionatorio, estará a cargo de la Dirección de Facilitación de Comercio Exterior y Dirección de Ventanilla Única de Comercio Exterior y Plataformas Tecnológicas, de la Dirección General de Facilitación de Comercio Exterior del Mincetur.
Cabe precisar que el reglamento establece medidas para los procesos de comercio exterior de las entidades públicas y de los operadores logísticos.
En mayo del 2020, se emitió el Decreto Legislativo N° 1492 en el marco de la delegación de facultades otorgadas por el Congreso de la República al Poder Ejecutivo. A través de la Resolución Ministerial N° 102-2020-MINCETUR, se dispuso la publicación del proyecto de reglamento por diez días hábiles, plazo que venció el 06 de julio, habiéndose recibido y considerado un total de 225 comentarios de gremios, personas naturales y jurídicas, estudios de abogados y entidades públicas.