Por Redacción PortalPortuario.cl
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El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) del Perú aprobó, la modificación del reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna (Zofratacna). La medida apunta a contribuir con el desarrollo, generar empleo y atraer más inversiones a esa zona del sur del país.
Sobre el Decreto Supremo N° 004-2021-Mincetur, el viceministro de comercio exterior, Diego Llosa, indicó que la norma, refrendada también por el Ministerio de la Producción y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), incentivará la instalación de nuevas empresas de los rubros de agroindustria e industria de la vestimenta, diversificando la oferta exportable de la región.
“Hoy existen más de 90 empresas del sector industria y servicios en la Zofratacna, y alrededor de 1800 usuarios en la zona comercial de Tacna. La llegada de empresas agroindustriales, y de actividades similares, será posible dado que la nueva normativa facilita el ingreso de insumos, materias primas, envases y embalajes nacionales con procesos simplificados”, sostuvo.
El nuevo reglamento establece, además, condiciones para impulsar la instalación de micro y pequeñas empresas (MYPE) bajo la figura de “Recintos MYPE”. Mediante esta modalidad, la Zofratacna se hará cargo de la administración de los espacios que ocupen las empresas, mientras que estas deberán dedicarse exclusivamente a la actividad industrial.
“Este cambio en el reglamento representa una gran oportunidad para las MYPE dedicadas a rubros como confecciones, por ejemplo, puesto que podrán aprovechar los grandes espacios disponibles, prorrateando los costos de los servicios a fin de ser más eficientes en sus procesos productivos, además de promover la asociatividad de las MYPE”, explicó el viceministro.
De esta forma, se podrá acerca el régimen de la Zofratacna a empresas que cuentan con inversiones menores, pero tienen un gran potencial para aprovechar las ventajas que ofrece el sistema.
Más beneficios
Otros aspectos importantes serán la reducción de tiempos operativos para los ingresos y salidas de las mercancías, la mejora para el control de las operaciones al interior de la Zofratacna, la inclusión de los usuarios de la zona comercial al sistema de comprobante electrónico y la implementación tecnológica para el intercambio de información entre el Mincetur, la Zofratacna y la Sunat. Esto busca fortalecer el control y trazabilidad de la mercancía, mejorar la interacción dentro y fuera de la Zona Franca, así como mejorar la coordinación entre la aduana y la Zofratacna.
La normativa también incluye, adicional al 27% del arancel especial que percibe mensualmente la Zofratacna, una asignación del 3% del arancel especial, para solventar gastos administrativos, operativos y de mantenimiento de la Zofratacna, lo que se traduce en una concentración mayor de recursos para el desarrollo de la zona franca.
Asimismo, el reglamento establece el tratamiento tributario – aduanero de los productos que se adquieren a través del comercio electrónico y precisa los alcances de las Empresas de Servicio de Entrega Rápida (ESER) para la recolección, transporte, traslado y entrega de los bienes.
Conforme a la Ley N° 30976, las operaciones por comercio electrónico son catalogadas como una venta interna, por lo tanto, en materia tributaria, están afectas al pago del Impuesto General a las Ventas (IGV), Impuesto de Promoción Municipal (IPM), Impuesto Selectivo a los Combustibles (ISC), de acuerdo al tipo del bien que se trate. Esta modalidad de compra difiere de la aplicable a las personas que acuden de manera presencial a la Zona Comercial en calidad de turistas, la cual se encuentra exonerada de impuestos.