Por Redacción PortalPortuario.cl
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Por medio de un comunicado, Montecon abordó la tesis de la supuesta “ilegalidad” de sus operaciones en los muelles públicos del Puerto de Montevideo.
El planteamiento fue presentado ante la Comisión de Transportes del Senado de Uruguay, donde el ministro del ramo, Luis Alberto Heber, concurrió para dar explicaciones sobre los alcances del acuerdo que permitió destrabar un conflicto entre el Estado uruguayo y Katoen Natie, empresa belga dueña del 80% de las acciones de TCP.
En esa instancia, la autoridad deslizó la idea de que Montecon operaba de forma “ilegal” con “permisos precarios” en los sitios públicos a diferencia de Katoen Natie que actua en calidad de concesionario.
La compañía belga, cabe recordar, opera el terminal especializado de contenedores y había iniciado una acción legal por USD 1.500 millones contra Uruguay, acusando al país de favorecer a Montecon – a través de los citados permisos- durante los últimos dos mandatos presidenciales, lo cual fue revertido por la administración de Luis Lacalle Pou.
En la sesión de la comisión de Transportes del Senado, además, se planteó que TCP ejerce un “monopolio natural”.
Según la versión taquigráfica de la reunión, citada por el diario El País de Uruguay, el prosecretario de Presidencia, Rodrigo Ferrés, señaló que en la operación de contenedores en el puerto “podría entenderse que existe un monopolio natural o económico -no de derecho, pero sí natural o económico- en el sentido de que cuando se quiso introducir un proceso competitivo para adjudicar otra terminal especializada no hubo oferentes”.
Por su parte, Heber manifestó que “artículo 11 de la ley de Puertos” establece que “otorgar concesiones, permisos o autorizaciones a personas físicas o jurídicas, de derecho público o privado, a los fines de que realicen servicios portuarios necesariamente debe tener la aprobación del Poder Ejecutivo” y “esto no fue lo que sucedió con una empresa que actuaba en los muelles públicos, ya que los permisos eran otorgados por la Administración Nacional de Puertos (ANP)”.
Sobre estos planteamientos, Montecon aseguró en su comunicado que “en primer lugar, no es verdad que las actividades de Montecon en el Puerto de Montevideo sean ilegítimas. Montecon fue habilitada por el Estado como operadora portuaria de conformidad a la Ley de Puertos y a su decreto reglamentario 413/992, según consta en resoluciones de la propia Administración Nacional de Puertos (ANP) del año 2000 y 2003, ambas aprobadas por el Poder Ejecutivo. Esas habilitaciones le permiten prestar servicios de transferencia de toda clase de cargas en el Puerto de Montevideo, particularmente contenedores, usando parte de su infraestructura, sin exclusividad ni privilegio alguno, y pagando lo que el Estado exige por ellas”.
“En su actual operación Montecon utiliza, además de sus áreas permisadas y concesionadas (por un total de 16.700 m2), un área para operación de contenedores en régimen de almacenaje de 32.800 m2, no 150.000 m2, como se ha dicho, que representan apenas 22 % del total de áreas de uso común que también son usadas en el mismo régimen por otros operadores y depósitos del Puerto de Montevideo”, añadió Montecon.
“El total de áreas usadas para almacenaje de contenedores por Montecon, en sus distintos regímenes (almacenaje, permiso y concesión) representa el 6 % del total de los 820.000 m2 que constituyen el recinto público del Puerto de Montevideo”, agregó la empresa.
“En el marco del régimen de libre competencia consagrado por la Ley de Puertos, ratificado por la Ley de la Concesión de TCP y confirmado por la Ley de Defensa de la Libre Competencia, Montecon ha sido escogida libremente por las más importantes compañías navieras del mundo para operar sus buques en el Puerto de Montevideo, para las cuales moviliza aproximadamente 280.000 contenedores al año, que representan el 55 % del mercado total de contenedores del Puerto de Montevideo”, enfatizó.
Montecon insistió que”el régimen de libre competencia en las actividades portuarias existía al tiempo en que se licitó y se adjudicó” el TCP del cual también es socio el Estado uruguayo al ser propietario, vía Autoridad Nacional de Puertos, del 20% restante de las acciones.
Montecon, esta vez, acusó privilegios que afectan a la libre competencia, lo cual ha sido sustentado vía decreto por parte del Ejecutivo uruguayo.
“Un régimen de libre competencia no admite que se establezca un privilegio en favor de un competidor, como lo es el que por decreto de autoridad se fuerce a las líneas navieras a atender sus naves prioritariamente en la terminal de TCP y se le conceda a esta empresa la exclusividad del movimiento de contenedores del puerto”, añadió.
“Hacer caso omiso del régimen de libre competencia que consagran la Ley de Puertos, ratificado por la Ley de la Concesión de TCP y confirmado por la Ley de Defensa de la Libre Competencia, estableciendo privilegios en favor de la empresa TCP”, insistió Montecon.
“Montecon sólo pide que se le deje competir sin privilegios. El ministro de Transporte pretende justificar el monopolio de hecho que ilegalmente se pretende establecer en favor de TCP”, remarcó la compañía.
“El asunto en discusión es que mediante los decretos del Poder Ejecutivo N°114 y 115/021 recientemente publicados se consagra un sistema de privilegios para la operación de contenedores en el Puerto de Montevideo en favor de la empresa TCP, frente a lo cual Montecon reclama que no se ajusta al régimen de libre competencia que consagran la Ley de Puertos, la Ley de la Concesión de TCP, la Ley de Defensa de Libre competencia, que se establece un monopolio de hecho en favor de dicha empresa sin una ley que habilite el mismo y que, en esos términos, Montecon no podrá seguir operando y quedarán vulnerados su derecho a desarrollar actividades económicas, su derecho a competir libremente, el derecho al trabajo de su gente y el trato equitativo que merece la inversión de sus accionistas Atco Canadá y Ultramar Chile al amparo de los tratados internacionales vigentes entre uno y otro país y la República de Uruguay”, concluyó la empresa.