Por Redacción PortalPortuario.cl
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En el marco del Anexo VI del Convenio Marpol han entrado en vigor nuevas prescripciones sobre muestreo y ensayo del fueloil que apoyan la implantación y el cumplimiento del límite de contenido de azufre del 0,50% en el combustible de los buques establecido por la Organización Marítima Internacional (OMI) para 2020.
Las enmiendas pretenden apoyar la supervisión por el Estado rector del puerto y otras autoridades ambientales, en particular las encargadas del muestreo y ensayo del combustible, mejorando así las condiciones equitativas en la implantación del OMI 2020.
Las medidas fueron adoptadas por el comité de protección del medio marino (MEPC 75).
Otras correcciones al Anexo VI del Convenio MARPOL refuerzan las prescripciones de la fase 3 del índice de eficiencia energética de proyecto (EEDI), adelantando la fecha de entrada en vigor de la mencionada etapa de 2025 a 2022 con respecto a varios tipos de buques, incluidos los gaseros, los buques de carga general y los barcos de transporte de GNL. Esto significa que los nuevos tipos de naves que se construyan a partir de esa fecha deberán ser más eficientes energéticamente que los de referencia.
Enmiendas al índice de eficiencia energética de proyecto (EEDI)
También se reforzarán las prescripciones de la fase 3 del índice de eficiencia energética de proyecto (EEDI). En el caso de los buques portacontenedores, el índice de reducción del EEDI aumenta de forma significativa para los buques de mayor tamaño. Para los transportadores de contenedores de 200.000 TPM o más, el índice de reducción se fija en el 50% a partir de 2022, en el caso de los barcos de entre 120.000 y 200.000 TPM, el 45% a partir de 2022.
Para los navíos portacontenedores entre 80.000 y 120.000 TPM, al 40% a partir de 2022, mientras que los navíos entre 40.000 y 80.000 TPM el índice será 35% a partir de 2022.