Por Redacción PortalPortuario.cl/Agencia Télam
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La Secretaría de Industria de Argentina amplió de uno a cinco años los beneficios que otorga el régimen aduanero Drawback, a través del cual las empresas que exportan productos elaborados con insumos importados pueden acceder a un reintegro, total o parcial, de los importes que se hubieran pagado en concepto de derechos de importación y tasa de estadística.
El organismo lo hizo a través de la resolución 212/2022 publicada en el Boletín Oficial, donde se realizaron modificaciones a la gestión del trámite con el objetivo de simplificar el procedimiento, agilizar la tramitación, liquidación y pago de los beneficios para favorecer al sector exportador en su operatoria de comercio exterior.
“El relanzamiento de drawback es una buena noticia para todas las empresas exportadoras. A partir de ahora tendrán operativa una herramienta que les permitirá importar sus insumos accediendo a un reintegro por los impuestos abonados en concepto de derechos de importación y tasa estadística en aquellos casos en los que exporten el bien final”, destacó a Télam la subsecretaria de Política y Gestión Comercial, Mariana Pereyra.
“El trámite es completamente digital facilitando la gestión de las empresas que se encuentran en todo el país, y tendrá una validez de cinco años pudiendo aplicarse a distintas operaciones. Con esta medida buscamos facilitar el comercio exterior y ampliar nuestra oferta de productos exportables, haciendo que nuestras empresas sean más competitivas en el mundo y generando empleo para las argentinas y los argentinos”, remarcó Pereyra.
Para acceder al reintegro las empresas solicitantes deberán estar inscriptas en el Registro Único de la Matriz Productiva (RUMP) y el trámite de tipificación de la mercadería se realiza a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
Hasta el momento, el régimen Drawback implicaba prácticamente una tramitación por operación. A través de la nueva modificatoria, el Certificado de Tipificación Drawback tendrá un plazo de cinco años para ser aplicado a diferentes operaciones comerciales, en tanto no se modifique la relación insumo-producto declarada o la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM).