Por Redacción PortalPortuario.cl
@PortalPortuario
La Comisión Marítima Federal de EE.UU. (FMC) está proponiendo una nueva regla que busca aportar más claridad, estructura y puntualidad a las prácticas de facturación de demoras y detenciones de los transportistas comunes que operan buques (VOCC), los que no (NVOCC) y las terminales operadoras marítimas (MTO).
Si se adopta esta regla propuesta, los VOCC, NVOCC y MTO deberán emitir facturas por demora o detención solo a las partes con las que tienen una relación contractual, para ser claros con respecto a la naturaleza de los cargos y emitir facturas dentro de los 30 días después de que los cargos dejen de acumularse y proporcione otro número similar para disputar los cargos con información clara sobre cómo deben disputarse los cargos.
Específicamente, la Comisión propone cuatro acciones en este NPRM: adoptar la lista de información mínima que los transportistas comunes deben incluir en las facturas de demora o detención según lo dispuesto en OSRA; agregar a la lista a la que se hace referencia inmediatamente arriba información adicional que debe incluirse en o con una factura de sobreestadía o detención; definición adicional de prácticas prohibidas al aclarar a qué partes se les puede facturar por estos cargos; y establecer prácticas que las partes deben seguir al facturar cargos por el mismo trámite.
La Comisión propone que solo se emita una factura correctamente emitida a la persona que ha contratado el transporte de bienes o el espacio para almacenar la carga y la parte facturada es responsable del pago de cualquier cargo. Las partes interesadas tendrán 60 días para presentar comentarios a la Comisión una vez que se publique el NPRM en el Registro Federal.