Por Redacción PortalPortuario.cl
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El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) anunció que el Gobierno peruano ha flexibilizado los procedimiento de atención para el arribo de naves mercantes y cruceros al Perú. Una medida destacada como necesario y que no descuidaría el aspecto sanitario como los controles ligados al Covid-19.
En concreto se trataría de la ya aprobada Resolución Ministerial Nº 817-2022/MINSA, la que anexa el documento técnico titulado: “Directiva sanitaria para la recepción excepcional de naves en tráfico internacional, en el contexto de la pandemia por la Covid-19”.
Bajo este contexto, el ministro de Comercio Exterior y Turismo, Roberto Sánchez, destacó que “con la presente resolución se optimizan los tiempos de inspección para la recepción de las naves mercantes beneficiando principalmente a los exportadores e importadores, al posibilitar que la inspección de naves de línea regular se realice en muelle y ya no en bahía. Además, ante la eventualidad que se presenten casos positivos de Covid-19 solo se somete a aislamiento al personal y no se somete a cuarentena a la nave, siempre que no se comprometa la operatividad de la misma”.
En ese sentido, la norma reducirá los costos logísticos y favorecerá la recalada de naves en puertos peruanos, evitando los roleos vinculados y la afectación de la reputación de los exportadores que no podían embarcar sus mercancías dado los procedimientos anteriores.
Adicionalmente, el titular del Mincetur señaló que “gracias a este documento se reactivará el arribo de cruceros al país de manera segura, impulsando este segmento que se ha visto tan golpeado por la pandemia, y por el que Mincetur ha venido gestionando las acciones necesarias, primero para que se reabran las fronteras marítimas y luego para que se flexibilicen las medidas sanitarias, que permitan al Perú volver a ser un destino atractivo para los operadores de los buques de pasajeros”.
La resolución fue elaborado por el Ministerio de Salud e impulsado por el Mincetur. Además contó con la participación del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), la Autoridad Portuaria Nacional (APN) y la Dirección Regional de Salud (Diresa) del Callao.
En el escrito se establecen los requisitos para los viajeros, además de los procedimientos para la recepción de naves de pasajeros y las naves mercantes. También se añade el procedimiento para la evaluación de los viajeros y los escenarios epidemiológicos para la recepción de naves en tránsito internacional.
El documento fija que la entidad responsable en el Perú será el Ministerio de Salud a través del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC Perú). De otro lado, a nivel regional, los responsables son las Gerencias Regionales de Salud y las Direcciones Regionales de Salud.
“La Estrategia Nacional de Reactivación del Sector Turismo de Mincetur establece en uno de sus compromisos el promover la optimización de las condiciones para la llegada y salida de cruceros internacionales. De igual manera, en el marco del Plan de Mitigación del Impacto de la Crisis del Transporte Marítimo Internacional en el comercio exterior, promovido en el Equipo Técnico de Logística de la Comufal, se viene realizando acciones para optimizar los procedimientos en todas las fases de la cadena logística, entre ellas esta medida de optimización del tiempo de atención de naves”, concluyó Sánchez.