Por Redacción PortalPortuario
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La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) dictó sentencia sobre el recurso presentado por la empresa Odiel Towage contra el Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio Portuario de Remolque en los puertos adscritos a Autoridad Portuaria de Las Palmas (APLP). El TSJC ratifica el procedimiento de adjudicación de dicho servicio portuario y condena a la empresa demandante al pago del juicio.
Odiel Towage señalaba que los requisitos técnicos exigidos para el servicio de remolque eran demasiado altos, aunque la Administración aclara que no eran sólo para el Puerto de Las Palmas, sino todo el APLP, por lo que se requerían nueve remolcadores con capacidades concretas.
En su razonamiento, el TSJC desestima la acción porque “no puede apreciarse la alegación de la actora en orden a ser excesivo el número de remolcadores, ya que tal prescripción fue ratificada por el informe vinculante favorable emitido por la Dirección General de la Marina Mercante”.
“La calidad de los servicios portuarios y la seguridad en las distintas dársenas de la Autoridad Portuaria de Las Palmas son elementos irrenunciables, y así lo confirma el Tribunal Superior de Justicia de Canarias”, señaló el presidente de la APLP, Luis Ibarra.