EEUU: Corte de Apelaciones dictamina que estibadores pueden demandar a asociación naviera por trabajos portuarios

Por Redacción PortalPortuario/Agencia Reuters

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Un sindicato que representa a los estibadores estadounidenses se encontraría en su derecho de demandar a una asociación de compañías navieras para impedir que sus barcos atraquen en una nueva terminal marítima de Carolina del Sur, la que emplea a trabajadores no sindicalizados, según dictaminó una corte federal de apelaciones de Estados Unidos.

En concreto, la Corte de Apelaciones del Cuarto Circuito de los Estados Unidos con sede en Richmond, Virginia, en una votación de 2 a 1, confirmó un fallo de la Junta Nacional de Relaciones Laborales (Nlrb) al sostener que la Asociación Internacional de Estibadores (ILA) no estaba involucrada en una práctica laboral injusta cuando demandó a la Agencia Marítima de los Estados Unidos (Usmx).

El juez principal del Tribunal de Apelaciones del Cuarto Circuito de Estados Unidos, Albert Díaz, en representación de la mayoría, rechazó un argumento de la Autoridad Portuaria de Carolina del Sur, que opera la terminal en disputa, y presentó una queja contra la ILA ante la NLRB, de que el sindicato había obligado ilegalmente a la Alianza Marítima a boicotear con el fin de obtener más trabajo para sus miembros.

“Estamos decepcionados con la opinión mayoritaria del 4to Circuito”, dijo la presidenta de la Autoridad Portuaria, Barbara Melvin, en un comunicado. “Estamos revisando la opinión y sopesando todas las opciones de apelación”, agregó.

La disputa se remonta a 2020, cuando la Autoridad Portuaria anunció que abriría la nueva terminal Hugh Leatherman en Charleston utilizando empleados estatales no sindicalizados como operadores de elevadores y miembros de ILA para otros trabajos. La autoridad ya usó este modelo de trabajador híbrido para otras dos terminales de Charleston.

Cuando los barcos de Maritime Alliances atracaron en la nueva terminal, la ILA demandó a la organización, diciendo que había violado su contrato colectivo de trabajo con el sindicato.

Ese acuerdo generalmente requiere que los barcos de la Alianza Marítima atraquen en puertos de la costa este que emplean a trabajadores de ILA para todas las descargas, aunque reconoce que algunos puertos usan un modelo híbrido. En respuesta a la demanda, las motonaves de la Alianza Marítima dejaron de hacer escala en la nueva terminal.

La Autoridad Portuaria luego presentó una queja ante la Nlrb, diciendo que la demanda de la ILA era un intento de impedir que un empleador hiciera negocios con otro para asegurar más trabajo, una violación de la Ley Nacional de Relaciones Laborales.

La ILA respondió que no estaba tratando de asegurar más trabajo sino de preservar la labor que tradicionalmente ha hecho. Aunque no ha sido tradición el operar elevadoras en la terminal de Leatherman, lo que sí ha hecho en otros puertos de la costa este.

La Nlrb se puso del lado del sindicato, y -acorde a lo expuesto por Díaz- no había base para revocar su decisión y acordó que el sindicato “tenía un objetivo legítimo de preservación del trabajo”.

Asimismo, Díaz escribió que el sindicato buscaba asegurar más trabajo “intimidando a los transportistas de la Alianza Marítima, que de otro modo llamarían a la nueva terminal, obligándolos a no hacerlo y, por lo tanto, efectuando un boicot secundario, el curso de conducta exacto que el Congreso prohibió” en la Nlra.


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