Por Redacción PortalPortuario.cl
El Secretario General de la Organizacion Marítima Internacional, Kitack Lim, ha acogido con agrado la entrada en vigor de nuevas obligaciones en virtud del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 (CTM 2006) que exigen a los propietarios de buques tener un seguro obligatorio que cubra el abandono de la gente de mar, así como sus reclamaciones por muerte o discapacidad a largo plazo.
Las Enmiendas de 2017 al CTM 2006, que se realizaron bajo los auspicios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), se basan en las directrices elaboradas por un grupo mixto de trabajo OMI/OIT. El grupo de trabajo informaba a su vez al Comité jurídico de la OMI y los órganos rectores de la OIT.
“Estas enmiendas, que proporcionan una mejor protección para la gente de mar y sus familias, son los frutos de la exitosa colaboración entre la OMI y la OIT a fin de mejorar las condiciones de trabajo y ofrecer una mayor protección en los casos en que las cosas no vayan bien. Me complace que estas enmiendas entren en vigor hoy para las Partes en el Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, que son también Estados Miembros de la OMI”, dijo Lim.
“La gente de mar hace el comercio mundial posible y es fundamental que todos trabajemos conjuntamente a fin de garantizar que sus derechos estén protegidos. A menudo se dijo que el CTM 2006 representa el cuarto pilar cuando se trata de los tratados marítimos más importantes, ya que complementa los tratados de la OMI sobre seguridad (Convenio SOLAS), sobre contaminación (Convenio MARPOL) y la formación de la gente de mar, (Convenio de formación)”, añadió.
Las enmiendas de 2014 al CTM 2006 prescriben que el proveedor de garantía financiera del propietario del buque tiene que expedir un certificado u otras pruebas documentales de dicha garantía. El certificado se llevará a bordo del buque.
Las enmiendas se elaboraron a lo largo de casi una década de deliberaciones del Grupo mixto especial de expertos OMI/OIT sobre responsabilidad e indemnización respecto de las reclamaciones por muerte, lesiones corporales y abandono de la gente de mar.
El Comité jurídico de la OMI mantiene un punto permanente en el orden del día, para someter a examen la provisión de garantía financiera en caso de abandono de la gente de mar y las responsabilidades de los propietarios de buques con respecto a las reclamaciones contractuales por lesiones corporales o muerte de la gente de mar.