Aduana de Argentina ajusta plazos para contenedores temporales

Por Redacción PortalPortuario

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El cómputo del plazo de 480 días para los contenedores de matrícula extranjera ingresados bajo régimen de admisión temporal comenzará a contarse desde su libramiento, no desde su arribo al país, según dio cuenta el Centro de Despachantes de Aduana de la República Argentina (CDA). La medida será efectiva desde el 25 de julio de 2025.

Lo anterior fue dispuesto en la Resolución General 5719/2025, publicada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca). Con esto se busca extender el tiempo real de uso del recipiente de carga, principalmente ante eventuales factores ajenos a operadores, tales como demoras en los puertos, inspecciones, congestión, entre otras situaciones.

En concretó, se cambió la Resolución N° 869 (ANA) del 29 de abril de 1993 y sus modificatorias, sustituyendo el punto 6 del Anexo I por lo siguiente: “El plazo de la permanencia será de 480 días corridos improrrogables y se computará desde la fecha del libramiento del contenedor que fuere objeto de la importación temporaria”.

Para los sectores industriales, comerciales y logísticos que utilizan el régimen de admisión temporal, esta medida representa una mejora en términos de eficiencia y reducción de riesgos. Se contempla que la medida también reduzca penalidades económicas.


 

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