Por Redacción PortalPortuario
@PortalPortuario
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) emitió el informe N° 36/2025, modificando el punto 32 del informe N° 20/2021, en relación con la aplicación de la regla de integración vertical para los agentes de naves que rige en el Terminal 2 del Puerto de Valparaíso.
La nueva definición establece que, en el caso de los agentes de naves, para calificarlos como usuarios relevantes se considerarán únicamente aquellas toneladas transferidas por las naves que agencien, en las cuales estos agentes liquiden y contraten directamente, por cuenta de sus clientes, los servicios de transferencia y/o muellaje a la carga.
La modificación busca precisar la fórmula de cálculo para determinar la participación de mercado de los agentes de naves, elemento clave en la aplicación de la Regla de Integración Vertical, que limita su participación en la sociedad concesionaria del Terminal 2 del Puerto de Valparaíso si superan ciertos umbrales. Estos umbrales consideran el 10% a nivel nacional, el 15% a nivel regional y el 25% en el frente de atraque concesionado, dependiendo del tipo de usuario.
La decisión fue adoptada por mayoría con los votos en contra de los ministros Silvia Retamales e Ignacio Parot, quienes argumentaron que la nueva fórmula restringe injustificadamente el alcance de la regla, al excluir parte de la carga efectivamente movilizada por los agentes. Según estos disidentes, la modificación no se alinea con los riesgos de integración vertical identificados en el Informe N° 20/2021 y debilita la efectividad de la medida estructural impuesta para proteger la competencia.
El voto mayoritario, en cambio, sostuvo que es necesario distinguir la forma en que los agentes de naves intervienen sobre la carga, y que la participación relevante debe medirse en función de aquellas toneladas respecto de las cuales el agente contrata servicios clave, actuando directamente por cuenta de sus clientes.
La resolución fue adoptada en el marco de un procedimiento iniciado exclusivamente para modificar el método de cálculo, sin reevaluar los riesgos ni el contenido sustantivo de la regla. La discusión técnica también incluyó aportes de la Empresa Portuaria Valparaíso (EPV), TPV y organismos públicos como la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, con visiones divergentes sobre la correcta forma de medir la participación de mercado de los agentes.
Con esta decisión, el TDLC mantiene la vigencia de la Regla de Integración Vertical, pero ajusta su aplicación práctica respecto de los agentes de naves, introduciendo una distinción operativa que podría tener efectos en la fiscalización y en la estructura de propiedad de la sociedad concesionaria del terminal portuario.














































